Regl. 9620, art. VII-7.4
Prohibición
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Cite as Reglamento Núm. 9620, Art. VII-7.4
1. Ninguna persona podrá darles a las cámaras de seguridad un uso ilegal, inapropiado 0 que
contravenga las disposiciones en este Reglamento.
2. Se prohíbe la cesión o copia de imágenes obtenidas de conformidad con lo dispuesto en este
Reglamento.
3. Se prohíbe el uso del Sistema de Seguridad Electrónica en manera alguna que infrinja el derecho
constitucional a la intimidad que tienen nuestros empleados o los ciudadanos.