Regl. 9628, art. 6.8

LOS GUANTES

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Cite as Reglamento Núm. 9628, Art. 6.8

A. Serán suministrados por el promotor y aprobados por la Comisión. Será responsabilidad del Comisionado de Turno la supervisión de los guantes, pudiendo rechazarlos si no cumplen con los requisitos exigidos. Los guantes tienen que estar en óptimas condiciones siempre y su marca de fábrica haber sido aprobada por la Comisión. La Comisión proveerá a los promotores el listado de las marcas de fábrica y modelos de guantes aprobados. 64. B. Se utilizarán guantes nuevos para peleas de campeonato y en aquellas que la Comisión a su discreción determine. En todas las peleas de campeonato se aprobarán dos (2) pares de guantes nuevos (par #1 y par #2). Los guantes tienen que estar sellados en su empaque, en perfectas condiciones y su marca de fábrica haber sido aprobada por la Comisión. C. Está estrictamente prohibido: torcer, manipular, deformar, alterar O quebrar los guantes, O usarlos con el relleno en malas condiciones. Cuando esto suceda la Comisión aplicará las sanciones que entienda pertinentes. D. El dedo pulgar tiene que estar adherido al cuerpo del guante. E. Los guantes pesarán ocho (8) onzas hasta el peso Wélter (welterweight -147lbs.) y diez (10) onzas de ahí en adelante (super welterweight -> heavyweight). F. Se utilizará una cinta adhesiva en las muñecas para cubrir los cordones de los guantes y evitar que éstos se suelten. Las cintas adhesivas serán del color (azul O rojo) correspondiente a la esquina que el boxeador fue asignado. Las cintas adhesivas serán provistas por el promotor.
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