Regl. 9633, art. 701-2.1
Administración y Delegación de Facultades
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Cite as Reglamento Núm. 9633, Art. 701-2.1
La ejecución y administración de este Reglamento estarán a
cargo de la Autoridad de los Puertos, para lo cual su Director
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Ejecutivo tendrá las facultades y ejercerá las funciones que fueran
necesarias de acuerdo con sus disposiciones.
El Director Ejecutivo podrá delegar y asignar a funcionarios
de la Autoridad las facultades y funciones que se le confieren por
este Reglamento, excepto cuando en el mismo se disponga lo
contrario, O esté prohibido por alguna legislación u otro
reglamento.