Regl. 9634, art. 14-14.3

CONVOCATORIA A EXAMEN

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Cite as Reglamento Núm. 9634, Art. 14-14.3

A. El reclutamiento para puestos regulares del servicio de carrera deberá llevarse a cabo mediante un proceso en virtud del cual los aspirantes compitan en igualdad de condiciones. B. La convocatoria es el documento en el cual constarán oficialmente las determinaciones imperantes en torno a los requisitos mínimos del puesto, tipo de examen y todos aquellos aspectos que sean necesarios o convenientes divulgar para anunciar oportunidades de ingreso a una clase de puesto. C. Las convocatorias incluirán las normas de reclutamiento para cada clase de puesto encaminadas a atraer a la AMA los mejores recursos disponibles. D. Toda convocatoria a examen deberá indicar lo siguiente: 1. Identificación del nombre de la agencia, dirección física, postal, electrónica y teléfonos. 2. Título y Número de la Clase de Puesto. 3. Naturaleza del Trabajo. 4. Escala de Retribución según aparece en la Asignación de Clases vigente. 5. Tipo de Reclutamiento. 6. Se indicará si la aceptación de solicitudes será hasta nuevo aviso o si la convocatoria tendrá fecha de cierre, en cuyo caso, debe expresamente informarse la misma. 7. Tipo de Competencia. 8. Se indicará si la competencia se llevara a cabo de forma interna limitada a empleados AMA/Rama Ejecutiva o externa abierta al público en general. La competencia puede ser de ingreso o de ascenso. Esta determinación se Número de Reglamento o Procedimiento: D-25-02 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES REGLAMENTO DE PERSONAL Página 48 de 153 hará conforme a la naturaleza del trabajo, requisitos mínimos de la clase, mercado de empleo y vacantes que se proyectan cubrir. La amplitud en la competencia promueve a alcanzar fuentes de recursos y abona a un mayor margen de selección. 9. Requisitos Mínimos: i. Se indicarán los requisitos mínimos según se establecen en el Plan de Clasificación de la AMA o aquellos recomendados por OATRH. am Se establecerán como requisitos mínimos para el reclutamiento, los contenidos en las especificaciones de clases o perfiles de competencia, las cuales indicarán la preparación académica y el tipo y duración de la experiencia de trabajo necesaria. 1 Los requisitos mínimos deberán estar en armonía con la naturaleza del trabajo y se ajustarán a la demanda y oferta, considerando, además, las cualificaciones particulares necesarias para el desempeño de las funciones asignadas a los puestos. 2 Si se estipula como requisito mínimo determinado número de años de un tipo de experiencia, cuyo trabajo sea de naturaleza similar a la que se realiza en alguna clase de puesto en específico, indicará el título de la clase y ofrecerá una descripción clara de la clase del trabajo. 3 Si no se puede establecer claramente el tipo de experiencia en una clase en particular, se limitará el requisito a un número determinado de años de experiencia en el campo de trabajo correspondiente y obviará cualquier especificación en cuanto a títulos de clases. 4 Se identificarán los requisitos especiales, si alguno, como colegiación, licencia para ejercer la profesión u oficio, y otros exigidos por ley. Además, como excepción, se podrá exigir requisitos particulares relacionados con los servicios que ofrece el Gobierno para un puesto de una clase en particular que por las Número de Reglamento o Procedimiento: D-25-02 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES REGLAMENTO DE PERSONAL Página 49 de 153 funciones inherentes al mismo necesitaría que se cumpla con un requisito en específico.
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