Regl. 4130, art. 10.0
Tramite de una propuesta
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Cite as Reglamento Núm. 4130, Art. 10.0
10.1. Si la propuesta radicada tiene el propósito de crear, centralizar
O descentralizar determinado servicio clasificable bajo el
concepto centralización según definido en la Sección 5.16 de
este Reglamento, el Presidente de la Junta la discutirá con el
Comité Ejecutivo e incluirá el asunto en la agenda de una próxima
reunión de la Junta.
10.2. En los casos en que se: proponga la eliminación de un servicio
centralizado el Presidente de la Junta dispondrá de la consideración
del asunto por el Comité Ejecutivo, el cual le rendirá un informe
escrito con recomendaciones a la Junta después de oir a toda
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parte interesada.
10.3. - En los casos a que alude la Sección 10.2 la Junta dispondrá la
preparación de un informe sobre el asunto al señor Gobernador
de Puerto Rico con copia al proponente.
10.4. En cualquier caso la reacción final escrita del Gobernador a
una propuesta determinará la acción prospectiva que proceda,
sin menoscabo de los derechos del proponente a la revisión
judicial del asunto.