Regl. 4130, art. 10.0

Tramite de una propuesta

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Cite as Reglamento Núm. 4130, Art. 10.0

10.1. Si la propuesta radicada tiene el propósito de crear, centralizar O descentralizar determinado servicio clasificable bajo el concepto centralización según definido en la Sección 5.16 de este Reglamento, el Presidente de la Junta la discutirá con el Comité Ejecutivo e incluirá el asunto en la agenda de una próxima reunión de la Junta. 10.2. En los casos en que se: proponga la eliminación de un servicio centralizado el Presidente de la Junta dispondrá de la consideración del asunto por el Comité Ejecutivo, el cual le rendirá un informe escrito con recomendaciones a la Junta después de oir a toda -14- parte interesada. 10.3. - En los casos a que alude la Sección 10.2 la Junta dispondrá la preparación de un informe sobre el asunto al señor Gobernador de Puerto Rico con copia al proponente. 10.4. En cualquier caso la reacción final escrita del Gobernador a una propuesta determinará la acción prospectiva que proceda, sin menoscabo de los derechos del proponente a la revisión judicial del asunto.
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