Regl. 9634, art. 19-19.15

OTRAS DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LICENCIAS

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Cite as Reglamento Núm. 9634, Art. 19-19.15

A. Los días de descanso y días feriados no se considerarán para el cómputo de las licencias con paga, a excepción de la licencia de maternidad y de la licencia por enfermedad y de vacaciones, sujeto a lo establecido en esta Sección. B. Los días en que el gobernador suspenda los servicios públicos se contarán como días libres solamente para el personal que esté en servicio activo y no para el que esté en disfrute de cualquier tipo de licencia; disponiéndose que, por razón de la naturaleza especial de los servicios a prestarse, por cualquier situación de emergencia, por eventos de fuerza mayor, disturbios atmosféricos, situaciones imprevistas o de mantenimiento necesarias para dar continuidad al servicio esencial que provee la AMA, se podrá requerir a los empleados que presten servicios en cualquier día en que se suspendan los servicios sin cargo a licencia por el gobernador. Número de Reglamento o Procedimiento: D-25-02 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES REGLAMENTO DE PERSONAL Página 116 de 153 C. La AMA se asegurará de que las licencias no se utilicen para propósitos distintos a los que fueron concedidas. D. Los empleados acumularán licencia por enfermedad y de vacaciones durante el tiempo que disfruten de cualquier tipo de licencia con paga, siempre y cuando se reinstalen al finalizar la licencia. El crédito de licencia, en estos casos, se efectuará guando el empleado regrese al trabajo. E. Se podrá separar del servicio o imponer sanciones disciplinarias a un empleado por el uso indebido de cualquiera de las licencias a que tiene derecho. F. En los casos de empleados cuyo nombramiento tenga duración definida, las licencias no podrán concederse por un período que exceda el término de dicho nombramiento. En los casos de empleados con estatus transitorio en el Servicio de Confianza, las licencias tampoco podrán concederse por un período que exceda el término de dicho nombramiento.
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