Regl. 9637, art. 3.1-3.1.1
Inventario
Length: 100 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9637, Art. 3.1-3.1.1
La División de Origen llevará un inventario perpetuo de los terrenos, estructuras y
equipos arrendados y los terrenos y estructuras disponibles para arrendar. Dicho
inventario incluirá una clasificación de los terrenos y estructuras arrendadas y de
los terrenos y estructuras que se encuentren disponibles, según su uso en ese
momento o su mejor uso. También se mantendrá un inventario de aquellos
terrenos que no sean susceptibles de arrendamiento por razón de su topografÃa o
caracterÃsticas del terreno a los fines de solicitar del Centro de Recaudaciones de
Ingresos Municipales de Puerto Rico una retasación de los mismos para fines
contributivos.