Regl. 9637, art. 3.2-3.2.1
Criterios para Considerar Solicitud de Arrendamiento:
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Cite as Reglamento Núm. 9637, Art. 3.2-3.2.1
Toda aquella persona natural o jurÃdica que presente una propuesta viable de
desarrollo agrÃcola 0 no agrÃcola, que tenga la capacidad económica para cumplir
con los términos y condiciones que se le impongan según los criterios establecidos
en este Reglamento, podrá ser considerado para un contrato de Arrendamiento
de Terrenos y Estructuras con la Autoridad.