Regl. 9637, art. 3.5-3.5.1

Notificación de Aprobación al Peticionario

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Cite as Reglamento Núm. 9637, Art. 3.5-3.5.1

El Director de Bienes Raíces remitirá al peticionario una comunicación en donde se le informará de la aprobación de su Solicitud, el canon de arrendamiento aprobado, el término de vigencia del Contrato, la cantidad de la fianza a ser depositada y la cantidad correspondiente a los gastos administrativos. La comunicación incluirá una lista de los documentos que deberán ser presentados antes de la fecha del otorgamiento del Contrato. El peticionario entregará los mismos en el término provisto y se citará indicando la fecha, hora y lugar del otorgamiento del Contrato. En caso de que el peticionario no comparezca ni someta los documentos en el término provisto, se le remitirá una segunda comunicación en la cual se le notificará que de no entregar los documentos solicitados para la firma del Contrato dentro del término de diez (10) días calendario, se procederá a dejar sin efecto el trámite solicitado sin más notificación, reteniendo la Autoridad cualquier depósito que se haya realizado en concepto de gastos de originación.
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