Regl. 9637, art. 3.7-3.7.2

Desahucio

Length: 31 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9637, Art. 3.7-3.7.2

Si el arrendatario se negara a entregar el predio, se iniciarán los procedimientos extrajudiciales o judiciales, para obtener el desahucio de la propiedad y/o cualquier otro trámite que en derecho corresponda.
Regl. 9637, art. 3.7-3.7.2: Desahucio | Justis AI