Regl. 9637, art. 3.8-3.8.2 dup2
Términos para Solicitar Renovaciones
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Cite as Reglamento Núm. 9637, Art. 3.8-3.8.2 dup2
Con ciento ochenta (180) días de anticipación, la División de Origen notificará al
arrendatario que su Contrato está próximo a vencer y que en un término no mayor
de veinte (20) días deberán informar por escrito si interesa renovar el Contrato.
Se apercibirá que, de no recibir respuesta alguna en el término antes indicado, la
Autoridad estará en libertad de ofrecer o ceder dichos terrenos en arrendamiento
a cualquier otra persona interesada.
Las solicitudes de renovación de contrato de arrendamiento se tramitarán de igual
manera al procedimiento seguido con los contratos nuevos establecidos en este
Reglamento.
CAPÍTULO IV. VENTA DE TERRENOS Y ESTRUCTURAS