Regl. 9637, art. 4.4-4.4.1
Notificación de Aprobación al Peticionario
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Cite as Reglamento Núm. 9637, Art. 4.4-4.4.1
El Director de Bienes RaÃces remitirá al peticionario una comunicación en donde
se le informará de la aprobación de su Solicitud de compraventa y se le concederá
el término de treinta (30) dÃas calendario para devolver el original de la carta con
su aceptación. Se le apercibirá que de no contestar en el plazo indicado, la
Autoridad quedará relevada de cualquier obligación legal con respecto a dicha
venta y que podrá venderla a cualquier otra persona interesada.