Regl. 9639, art. 10-10.2

Aviso de Subasta a Viva Voz

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Cite as Reglamento Núm. 9639, Art. 10-10.2

El aviso de Subasta a Viva Voz deberá ser publicado en el portal de Internet de la Junta de Retiro al menos quince (15) días calendario antes de la fecha en que se celebrará la Subasta a Viva Voz, y deberá estar disponible hasta la fecha en que se notifique la adjudicación de la Subasta a Viva Voz. Este aviso deberá incluir, como mínimo, la siguiente información: 1) Una descripción del Bien Inmueble que se propone disponer que sea suficiente para identificar el mismo; 2) La dirección física del Bien Inmueble; 3) Una descripción de los gravámenes que afectan el Bien Inmueble y las nuevas condiciones restrictivas que se habrán de imponer como parte de la Disposición del Bien Inmueble; 4) Las fechas y horas en las cuales los licitadores interesados podrán visitar el Bien Inmueble para inspecciones; 5) El lugar, hora y fecha de la Subasta a Viva Voz; 6) Las condiciones bajo las cuales la Junta de Retiro acuerda disponer del mismo (incluyendo cualquier tipo mínimo); 7) El requerimiento para que el Licitador provea una declaración jurada certificando que él, sus directores, oficiales, agentes, administradores, subsidiarias o compañías matrices no han sido convictos ni se han declarado culpables que surgen o a los que hace referencia la Ley Núm. 2-2018 según sea enmendada, conocida como el "Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico"; y 8) Cualesquiera otros datos relacionados con el Bien Inmueble que el Comité determine pertinente divulgar en el aviso de Subasta.
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