Regl. 9639, art. 6-6.3

Deberes y Facultades del Comité

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Cite as Reglamento Núm. 9639, Art. 6-6.3

El Comité tendrá facultad para celebrar y recomendar al Director Ejecutivo la adjudicación de las subastas o cualquier otro mecanismo alterno que se emplee para la disposición de los Bienes Inmuebles de la Junta de Retiro. Específicamente, el Comité tendrá los siguientes deberes y facultades: 1) Evaluar y recomendar ofertas de Venta Directa y adjudicación de Subastas al Director Ejecutivo. 2) Evaluar y recomendar al Director Ejecutivo la venta de bienes inmuebles a granel ya sea por su localización, características similares u otros criterios razonables. 3) Establecer normas y procedimientos gerenciales que garanticen el mejor funcionamiento y agilización en la disposición de los Bienes Inmuebles de la Junta de Retiro. 4) Someter recomendaciones al Director Ejecutivo sobre posibles revisiones y/o enmiendas a este Reglamento o procedimiento establecido sobre el mantenimiento y disposición de los Bienes Inmuebles de la Junta de Retiro. 5) Someter ante la consideración del Director Ejecutivo mecanismos alternos para la disposición de los Bienes Inmuebles de la Junta de Retiro. 6 6) Evaluar cualquier solicitud de reconsideración que le sea sometida por cualquier Persona al amparo de este Reglamento.
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