Regl. 9639, art. 6-6.9
Deberes y facultades del Secretario
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Cite as Reglamento Núm. 9639, Art. 6-6.9
Los deberes y facultades del Secretario serán los siguientes:
1) Dirigir la fase administrativa del Comité.
2) Participar en las reuniones del Comité sin derecho a voto.
3) Custodiar los archivos y documentos del Comité.
4) Custodiar las propuestas de licitadores.
5) Registrar la correspondencia del Comité.
6) Supervisar la tramitación de expedientes de subasta o venta directa.
7) Mantener expedientes completos para cada subasta o venta directa, incluyendo avisos,
propuestas, recomendaciones, actas, adjudicaciones, tasaciones y cualesquiera otros
documentos necesarios para tomar determinaciones sobre la disposición de los Bienes
Inmuebles de la Junta de Retiro.
8) Notificar al Comité sobre las reuniones convocadas por el Presidente.
9) Notificar adjudicaciones y acuerdos a las partes interesadas.
10) Tomar minutas y actas de las reuniones del Comité, incluyendo la fecha, participantes, hora
de inicio y resumen de acuerdos.
11) Preparar un informe sobre las adjudicaciones de las subastas.
12) Certificar acuerdos, adjudicaciones y otros documentos del Comité.