Regl. 9641, art. 4.3 dup2

Términos para la presentación

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Cite as Reglamento Núm. 9641, Art. 4.3 dup2

a. Informe financiero El término para la presentación de un informe financiero anual vence a las 11:59 p.m. del 1 de mayo del año siguiente al cual se informa. Para los otros informes financieros, ya sean de toma de posesión o de cese, el término vence a las 11:59 p.m. del día 0 fecha en que se cumpla el término para presentarlos, según dispuesto en el artículo 5.2 de la LOOEG, O del término que con tal fin sea notificado por la OEG. En caso de que el término para presentar algún informe financiero venza un día feriado 0 no laborable, se transferirá su presentación para el próximo día laborable, hasta las 11:59 p.m., salvo que la OEG disponga otro término. La Dirección Ejecutiva puede extender los términos aquí dispuestos cuando medien circunstancias excepcionales. b. Formulario de solvencia económica y formulario de solvencia económica y ausencia de conflictos El candidato certificado por la CEE a un puesto electivo en las elecciones generales 0 especiales tiene que presentar el formulario de solvencia económica dentro de los 20 días calendario siguientes a la fecha en que fue certificado. En caso de que el término para presentar este formulario venza un día feriado 0 no laborable, se transferirá su presentación para el próximo día laborable, hasta las 11:59 p.m., salvo que la OEG disponga otro término. El nominado por el Gobernador para ocupar un cargo 0 puesto que requiera la confirmación del Senado de Puerto Rico 0 de la Asamblea Legislativa tiene que Reglamento sobre las Políticas de Prevención y Fiscalización de la OEG Página 30 presentar el formulario de solvencia económica y de ausencia de conflictos dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha en que fue nominado. En caso de que el término para presentar este formulario venza un día feriado O no laborable, se transferirá su presentación para el próximo día laborable, hasta las 11:59 p.m., salvo que la OEG disponga otro término. La información que el candidato o nominado incluya en los formularios tiene que corresponder al año natural anterior a la fecha de su certificación 0 la fecha en que fue nominado, según aplique. La Dirección Ejecutiva puede modificar la aplicabilidad de las obligaciones aquí establecidas y extender los términos aquí dispuestos cuando medien circunstancias excepcionales. Artículo 4.4 Acceso al sistema de presentación electrónica Para acceder al sistema de presentación electrónica, el declarante debe: a. Tener acceso a la red de internet. b. Tener activa una dirección de correo electrónico. C. El equipo y la programación que el declarante utilice para presentar el informe 0 el formulario aplicable tiene que ser tecnológicamente compatible con el sistema de presentación electrónica de la OEG. d. Proveer el número de seguro social, correo electrónico, identificación del usuario, contraseña y cualquier otra información que el sistema de presentación le requiera al momento de registrarse. e. El declarante podrá utilizar el equipo y la dirección de correo electrónico oficial, sujeto a las necesidades del servicio y a la normativa interna de su lugar de trabajo. Reglamento sobre las Políticas de Prevención y Fiscalización de la OEG Página 31
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