Regl. 9641, art. 4.3 dup2
Términos para la presentación
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Cite as Reglamento Núm. 9641, Art. 4.3 dup2
a. Informe financiero
El término para la presentación de un informe financiero anual vence a las 11:59
p.m. del 1 de mayo del año siguiente al cual se informa. Para los otros informes
financieros, ya sean de toma de posesión o de cese, el término vence a las 11:59
p.m. del dÃa 0 fecha en que se cumpla el término para presentarlos, según dispuesto
en el artÃculo 5.2 de la LOOEG, O del término que con tal fin sea notificado por la
OEG.
En caso de que el término para presentar algún informe financiero venza un dÃa
feriado 0 no laborable, se transferirá su presentación para el próximo dÃa laborable,
hasta las 11:59 p.m., salvo que la OEG disponga otro término.
La Dirección Ejecutiva puede extender los términos aquà dispuestos cuando medien
circunstancias excepcionales.
b. Formulario de solvencia económica y formulario de solvencia económica y ausencia
de conflictos
El candidato certificado por la CEE a un puesto electivo en las elecciones generales
0 especiales tiene que presentar el formulario de solvencia económica dentro de los
20 dÃas calendario siguientes a la fecha en que fue certificado. En caso de que el
término para presentar este formulario venza un dÃa feriado 0 no laborable, se
transferirá su presentación para el próximo dÃa laborable, hasta las 11:59 p.m., salvo
que la OEG disponga otro término.
El nominado por el Gobernador para ocupar un cargo 0 puesto que requiera la
confirmación del Senado de Puerto Rico 0 de la Asamblea Legislativa tiene que
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presentar el formulario de solvencia económica y de ausencia de conflictos dentro
de los 30 dÃas calendario siguientes a la fecha en que fue nominado. En caso de que
el término para presentar este formulario venza un dÃa feriado O no laborable, se
transferirá su presentación para el próximo dÃa laborable, hasta las 11:59 p.m., salvo
que la OEG disponga otro término.
La información que el candidato o nominado incluya en los formularios tiene que
corresponder al año natural anterior a la fecha de su certificación 0 la fecha en que
fue nominado, según aplique.
La Dirección Ejecutiva puede modificar la aplicabilidad de las obligaciones aquÃ
establecidas y extender los términos aquà dispuestos cuando medien circunstancias
excepcionales.
ArtÃculo
4.4 Acceso al sistema de presentación electrónica
Para acceder al sistema de presentación electrónica, el declarante debe:
a. Tener acceso a la red de internet.
b. Tener activa una dirección de correo electrónico.
C. El equipo y la programación que el declarante utilice para presentar el informe 0 el
formulario aplicable tiene que ser tecnológicamente compatible con el sistema de
presentación electrónica de la OEG.
d. Proveer el número de seguro social, correo electrónico, identificación del usuario,
contraseña y cualquier otra información que el sistema de presentación le requiera
al momento de registrarse.
e. El declarante podrá utilizar el equipo y la dirección de correo electrónico oficial,
sujeto a las necesidades del servicio y a la normativa interna de su lugar de trabajo.
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