Regl. 9641, art. 7.20 dup2

Disposiciones generales

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a. Idioma El procedimiento establecido por este Capítulo se efectuará en español. No será obligatoria la traducción de documentos presentados en el idioma inglés. b. Cómputo del tiempo Al computar cualquier período de tiempo no se incluirá el día del acto 0 acontecimiento. El último día de dicho período de tiempo se incluirá, y cualquier acción requerida se tomará ese día 0 antes. Disponiéndose que, si el último día es un sábado, domingo 0 día feriado oficial en el Gobierno, 0 es un día que la OEG esté oficialmente cerrada por alguna razón, cualquier acción requerida deberá tomarse el próximo día laborable. Cuando el término concedido sea menor de siete días, los sábados, domingos y días feriados oficiales se excluirán del cómputo. Reglamento sobre las Políticas de Prevención y Fiscalización de la OEG Página 64 C. Normas sobre prórrogas Se desalientan las prórrogas de tiempo para presentar cualquier documento 0 para llevar a cabo cualquier acción que deba efectuarse dentro de un término específico. Las extensiones solo se concederán por la existencia de justa causa fundamentada mediante moción. d. Solicitud de suspensión 0 transferencia de conferencia, audiencia 0 cualquier otra vista El oficial examinador 0 el juez administrativo podrá suspender 0 transferir una conferencia, audiencia 0 vista señalada siempre y cuando la petición esté fundamentada por escrito. Toda solicitud de transferencia deberá sugerir tres fechas alternas. Previo a sugerir estas fechas, quien presenta la solicitud deberá confirmar la disponibilidad de la parte contraria O informar sus gestiones para lograrlo. A su vez, dicha solicitud deberá ser presentada en la Secretaría: 1. inmediatamente que se conozca los fundamentos para la misma; y 2. con no menos de cinco días laborables de anticipación a la fecha señalada para la conferencia, audiencia 0 vista, a menos que se trate de eventos no previsibles 0 fuera del control de las partes o sus representantes legales 0 interventores. Del oficial examinador 0 juez administrativo no contestar una solicitud de suspensión dentro del término de cinco días laborables, a partir de la presentación de la solicitud, esta deberá entenderse rechazada. Reglamento sobre las Políticas de Prevención y Fiscalización de la OEG Página 65 e. Obligación continua de informar Iniciado el procedimiento de adjudicación, las partes y sus representantes legales tienen la obligación de notificar por escrito a la OEG cualquier cambio de dirección, correo electrónico 0 número de teléfono dentro del término de cinco días laborables de ocurrir dicho cambio. f. Disposición ex parte En el ejercicio de su discreción, el oficial examinador o el juez administrativo puede decidir ex parte respecto a mociones de extensión de tiempo, solicitudes de paralización y otros remedios temporeros O extraordinarios, sin esperar la presentación de una oposición 0 réplica. g. Situaciones no provistas por este Capítulo Para resolver cualquier situación procesal no contemplada en este Capítulo, la OEG podrá regular su práctica. Para ello, podrá considerar lo dispuesto en la LPAU vigente, las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico vigentes, 0 cualquier disposición de ley aplicable, en el grado en que ello sea compatible con las funciones y naturaleza de la OEG. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES FINALES
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