Regl. 9641, art. 7.4 dup2
Facultades del oficial examinador 0 del juez administrativo
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Cite as Reglamento Núm. 9641, Art. 7.4 dup2
En el desempeño de sus funciones, el oficial examinador 0 el juez administrativo tendrán
las facultades delegadas por la Dirección Ejecutiva, entre las que se encuentran las
siguientes:
a. Disponer en el procedimiento de adjudicación de todo asunto procesal 0 sobre
derecho probatorio.
b. Emitir las órdenes que sean necesarias para salvaguardar el debido proceso de ley
de las partes y garantizar una solución rápida, justa y económica del caso.
C. Celebrar aquellas conferencias y audiencias que considere necesarias para la
adjudicación final de la querella.
d. Delimitar el descubrimiento de prueba y resolver todo incidente relacionado.
e. Expedir citaciones para la comparecencia de testigos.
f. Tomar juramento.
g. Mantener el orden y velar que se observe el respeto y decoro durante todo el
procedimiento.
h. Imponer sanciones a alguna de las partes 0 sus representantes legales cuando
dejaren de cumplir con este Reglamento 0 cualquier orden emitida dentro del
procedimiento.
i. Prorrogar 0 acortar los términos en el curso del procedimiento.
j. Requerir a las partes la presentación de alegatos o memorandos de cualquier asunto
sobre el cual se deba emitir una orden 0 recomendación.
k. Tomar conocimiento oficial de todo aquello que pudiera ser objeto de conocimiento
judicial en los tribunales, de aquellos datos que surjan de los expedientes oficiales
de la OEG, y de las autorizaciones, dispensas, opiniones, consultas, evaluaciones,
órdenes administrativas, cartas circulares u otros documentos interpretativos
emitidos y publicados por la OEG.
I. Realizar cualquier otra función delegada conforme a la LOOEG 0 la LPAU.
Reglamento sobre las PolÃticas de
Prevención y Fiscalización de la OEG
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Los oficiales examinadores ni los jueces administrativos podrán tener participación alguna
en las investigaciones que lleve a cabo la OEG.