Regl. 9642, art. 3.4 dup2
Comité Evaluador
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Cite as Reglamento Núm. 9642, Art. 3.4 dup2
La evaluación de los candidatos que formarán parte del programa de Internado estará a
cargo de un Comité Evaluador, el cual estará compuesto de, al menos, los siguientes tres
integrantes:
a. el Subdirector Ejecutivo de la OEG o la persona que este designe;
b. el Director Auxiliar del Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ética (CDPE) u otro
empleado de la OEG que designe el Subdirector Ejecutivo; y
Reglamento sobre los Procedimientos
Operacionales de la OEG
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C. un Asesor Ejecutivo, Ayudante Ejecutivo u otro empleado de la OEG que designe el
Subdirector Ejecutivo.
El Subdirector Ejecutivo, a su discreción, podrá ampliar la composición del Comité
Evaluador para el proceso de evaluación y entrevista de los candidatos.
El Comité Evaluador preseleccionará a aquellos candidatos que cumplan con los requisitos
de elegibilidad y que presentaron la solicitud y documentación requerida dentro del término
establecido por la OEG. Una vez finalizado el ciclo de preselección, el Comité Evaluador
convocará a los candidatos seleccionados para entrevistas. El Comité Evaluador utilizará
rúbricas como sistema de medición para evaluar las competencias de cada candidato.
Tras concluir las entrevistas, el Comité Evaluador presentará un informe final al Director
Ejecutivo de la OEG junto con sus recomendaciones de los candidatos que deben ser
seleccionados para participar en el Internado. La selección final de los candidatos estará a
cargo del Director Ejecutivo de la OEG.
Los participantes seleccionados deberán firmar un acuerdo con la OEG donde se
establezcan los términos y condiciones del Internado. Con la firma del acuerdo, el
participante acepta haber leÃdo, comprendido y estar de acuerdo con todas las
disposiciones contenidas en este CapÃtulo.