Regl. 9642, art. 3.4 dup2

Comité Evaluador

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Cite as Reglamento Núm. 9642, Art. 3.4 dup2

La evaluación de los candidatos que formarán parte del programa de Internado estará a cargo de un Comité Evaluador, el cual estará compuesto de, al menos, los siguientes tres integrantes: a. el Subdirector Ejecutivo de la OEG o la persona que este designe; b. el Director Auxiliar del Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ética (CDPE) u otro empleado de la OEG que designe el Subdirector Ejecutivo; y Reglamento sobre los Procedimientos Operacionales de la OEG Página 26 C. un Asesor Ejecutivo, Ayudante Ejecutivo u otro empleado de la OEG que designe el Subdirector Ejecutivo. El Subdirector Ejecutivo, a su discreción, podrá ampliar la composición del Comité Evaluador para el proceso de evaluación y entrevista de los candidatos. El Comité Evaluador preseleccionará a aquellos candidatos que cumplan con los requisitos de elegibilidad y que presentaron la solicitud y documentación requerida dentro del término establecido por la OEG. Una vez finalizado el ciclo de preselección, el Comité Evaluador convocará a los candidatos seleccionados para entrevistas. El Comité Evaluador utilizará rúbricas como sistema de medición para evaluar las competencias de cada candidato. Tras concluir las entrevistas, el Comité Evaluador presentará un informe final al Director Ejecutivo de la OEG junto con sus recomendaciones de los candidatos que deben ser seleccionados para participar en el Internado. La selección final de los candidatos estará a cargo del Director Ejecutivo de la OEG. Los participantes seleccionados deberán firmar un acuerdo con la OEG donde se establezcan los términos y condiciones del Internado. Con la firma del acuerdo, el participante acepta haber leído, comprendido y estar de acuerdo con todas las disposiciones contenidas en este Capítulo.
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