Regl. 9642, art. 5.1 dup2

REGLAMENTO SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE LA OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL DE PUERTO RICO

Length: 693 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9642, Art. 5.1 dup2

Junta de Subastas a. Composición y términos 1. La Junta de Subastas (Junta) de la OEG estará compuesta por tres integrantes permanentes y un suplente, designados por la Dirección Ejecutiva. Ninguno podrá pertenecer al APF de la OEG. 2. El integrante suplente tendrá que estar presente en todas las actividades de la Junta y sustituirá a cualquier integrante permanente que, por motivo justificado, no pueda formar parte de esta en un momento dado. 3. Los integrantes de la Junta y el suplente servirán por el tiempo que determine la Dirección Ejecutiva en sus designaciones. 4. La Dirección Ejecutiva designará al Presidente de la Junta. Los integrantes de la Junta seleccionarán al Secretario. 5. Una mayoría de los integrantes de la Junta constituirá quórum para la celebración de reuniones y vistas. Reglamento sobre los Procedimientos Operacionales de la OEG Página 33 6. Para la toma de decisiones, se requerirá la participación de los tres integrantes de la Junta. Si alguno, por razón justificada, no pudiera estar presente, el integrante suplente tomará su lugar. Las decisiones se tomarán por mayoría. 7. Los integrantes de la Junta no recibirán remuneración alguna por los servicios prestados. b. Facultades y responsabilidades La Junta estará facultada para evaluar y adjudicar, mediante el procedimiento establecido en este Capítulo, las subastas formales de la OEG sobre toda adquisición de bienes 0 servicios que se le encomiende. Tendrá, además, las siguientes facultades y responsabilidades: 1. Podrá, después de la apertura de la subasta, solicitar a cualquier licitador información adicional sobre los bienes o servicios que ofrece. 2. Evaluar la capacidad de los licitadores para cumplir con las especificaciones de la subasta. 3. Procurar las ofertas más beneficiosas para la OEG y asegurar el interés público. 4. No aceptar licitaciones que contengan precios en exceso del precio de venta al detal sugerido por el manufacturero (manufacturer suggested retail price). 5. Evaluar las declaraciones de cualificaciones sometidas por los proponentes potenciales de acuerdo con los criterios de evaluación. 6. Celebrar reuniones, vistas y preparar el calendario para la celebración de la subasta. 7. Rechazar una 0 todas las ofertas, cancelar la subasta y llevar a cabo una nueva cuando: a. los licitadores no cumplan con los requisitos establecidos; Reglamento sobre los Procedimientos Operacionales de la OEG Página 34 b. tenga conocimiento y evidencia de que el licitador no ha atendido 0 cumplido con los contratos otorgados anteriormente con cualquier dependencia del Gobierno; 0 C. se pueda ver afectado el interés público. 8. Preparar y emitir los pliegos de las subastas, las enmiendas a los mismos, cualquier orden y cualquier requerimiento 0 resolución que en derecho proceda en los asuntos ante su consideración. 9. Evaluar y resolver los asuntos presentados ante su consideración, de manera rápida y eficiente, para salvaguardar los derechos procesales y sustantivos de las partes. 10. Podrá, de ser necesario, realizar una inspección ocular de las instalaciones de los licitadores, así como de los equipos vendidos 0 de los servicios prestados a los clientes de estos. 11. Mantener un expediente completo que documente los eventos de cada subasta. 12. Evaluar la necesidad de contar con el apoyo de personal técnico especializado y solicitar a la Dirección Ejecutiva la contratación de consultores externos. 13. Utilizar los medios tecnológicos para emitir y recibir notificaciones. 14. Emitir las notificaciones de la adjudicación de las subastas. 15. Observar el fiel cumplimiento de este Reglamento. 16. Realizar cualquier otra función o deber que le asigne la Dirección Ejecutiva. C. Inhibición Ningún integrante de la Junta podrá adjudicar asuntos en los cuales tenga algún interés personal 0 directo 0 esté relacionado a cualquiera de las partes solicitantes en la subasta. Tampoco podrá intervenir en asuntos que le represente un conflicto de intereses 0 que sean contrarios a las disposiciones de la LOOEG. En esos casos, Reglamento sobre los Procedimientos Operacionales de la OEG Página 35 el integrante de la Junta se abstendrá de participar en la subasta y presentará ante la Dirección Ejecutiva un documento de inhibición formal. d. Sanciones La Dirección Ejecutiva podrá imponer medidas correctivas 0 acciones disciplinarias contra cualquier integrante de la Junta que incumpla con las facultades y las responsabilidades establecidas en este Capítulo.
Regl. 9642, art. 5.1 dup2: REGLAMENTO SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE LA OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL DE PUERTO RICO | Justis AI