Regl. 9642, art. 5.3 dup2
REGLAMENTO SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE LA OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9642, Art. 5.3 dup2
Proceso de la subasta
a. Anuncio de la subasta
1. La Junta enviará la invitación a la subasta por el medio más conveniente a la
mayor cantidad de proveedores, por ejemplo, el portal electrónico de la OEG,
correo electrónico, periódico de publicación general en Puerto Rico, anuncio
televisivo O radial, en un canal o emisora de difusión general en el paÃs, entre
otros.
2. El anuncio contendrá lo siguiente:
a. Número de la subasta, fecha de su publicación y el propósito.
b. Condiciones 0 requisitos que tienen que reunir los licitadores.
C. Instrucciones especÃficas de dónde y cómo obtener copia de los
pliegos de la subasta, la fecha y hora del último dÃa para recogerlos,
el teléfono de contacto y el costo de los pliegos, si alguno.
d. Fecha, hora y lugar de la reunión de la pre subasta y que la asistencia
a la misma es compulsoria.
e. Fecha, hora, lugar y modo en que se recibirán las ofertas. Se indicará
si la oferta deberá someterse acompañada de una fianza de licitación
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(bid bond) según el tipo de bien, obra 0 servicio incluido en la
invitación.
f. Fecha, hora y lugar en que se abrirán las ofertas.
g. Advertencia de que la OEG puede ordenar la cancelación del pliego
indistintamente de la fase en que se encuentre el proceso, siempre y
cuando sea antes de que se formalice el contrato, cuando sirva los
mejores intereses de la agencia.
h. Advertencia de que la OEG puede enmendar cualquier invitación O
pliego de la subasta cuando sirva los mejores intereses de la agencia.
i. Cuando se trate de proyectos de construcción, se expresará el nombre
del proyecto, su ubicación, su descripción, el plazo dentro del cual la
obra deberá ejecutarse (scope of work) y el servicio a prestarse.
Incluirá, además, un estimado del proyecto.
3. Se considerará que la subasta ha sido anunciada y que el pliego ha sido
puesto a la disposición de las partes interesadas, cuando tales gestiones se
hayan realizado en un término de 10 dÃas calendario antes de la fecha de la
pre subasta.
4. La Junta preparará y someterá el anuncio al Director Auxiliar del APF, quien
se encargará de su publicación en la fecha estipulada.
b. Pliego
1. El pliego contendrá lo que sigue:
a. Número, propósito y fecha de emisión.
b. Especificaciones completas.
C. Descripción clara de los bienes y servicios que se desean obtener.
d. Términos y condiciones aplicables.
e. Requisitos de entrega y de inspección.
f. Fecha, hora y lugar en que se celebrará la pre subasta.
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g. Fecha, hora y lugar en que se abrirán las ofertas.
h. Términos para la revisión administrativa de la adjudicación de la
subasta.
i. Responsabilidades, deberes y obligaciones de los licitadores.
2. Cuando se requiera la instalación de un equipo en la OEG, la labor que se
necesite para ello tendrá que incluirse en las especificaciones.
3. Cuando se haga referencia a una marca comercial, será para que sirva de
guÃa al licitador al momento de determinar la clase y el tipo de bienes que se
interesan obtener. Los licitadores podrán ofertar otras marcas que cubran las
especificaciones indicadas en el pliego, salvo que se indique explÃcitamente
lo contrario.
4. Podrá emitirse un pliego para la adquisición de marcas especÃficas cuando se
pueda justificar que dichas marcas son las que mejor satisfacen las
necesidades de la OEG. Se preparará un informe de las justificaciones que se
incluirá en el expediente de la subasta.
5. El pliego requerirá a los licitadores incluir en la oferta:
a. los tipos de descuento por pronto pago;
b. todo material descriptivo, folletos, fotos y cualquier otro material que
contenga las especificaciones e ilustraciones del material, equipo O
servicio que ofrece;
C. por lo menos tres referencias de clientes en Puerto Rico a los cuales
hayan vendido e instalado equipo 0 prestado servicios similares a los
presentados en la oferta. Indicará el nombre del cliente, teléfono y
persona a contactar;
d. información sobre el trasfondo y las cualificaciones de la empresa; y
e. la oferta a base de precios unitarios para cada uno de los renglones
en que se participe, lo que constituirá la oferta básica. No se aceptarán
ofertas basadas en precios estimados que puedan variar luego en la
facturación.
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6. El pliego contendrá las siguientes advertencias:
a. Si un licitador se propone subcontratar servicios esenciales de los
subastados, este indicará el nombre y los datos que identifiquen a la
compañÃa O persona a ser subcontratada. En todo momento la
subcontratación estará sujeta a la aprobación por escrito de la OEG.
b. El licitador asumirá la responsabilidad por los errores en sus ofertas.
De haber errores en los precios, aplicará el menor.
C. Un licitador no puede presentar varias ofertas a nombre propio 0 de
alguno de sus subordinados, sucursales, socios, agentes u oficiales.
En tal caso, se declararán nulas todas las ofertas.
d. En caso de incumplimiento por retraso en la entrega de la mercancÃa
adquirida, la OEG hará un descuento del uno por ciento del valor del
contrato, por cada dÃa laborable de retraso. El importe total a ser
descontado no excederá de un 20 por ciento del importe.
7. El pliego le permitirá al licitador presentar ofertas alternas que cumplan con
las especificaciones.
C. Certificaciones y documentos especiales requeridos en el pliego
1. El pliego especificará los documentos básicos y especiales que tienen que ser
presentados por un licitador. De no presentar alguno de estos documentos,
la Junta podrá descalificar a los licitadores por incumplimiento del proceso de
subasta. Los documentos básicos serán:
a. Declaración jurada de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 3.3
del Código Anticorrupción o con cualquier otra ley que lo sustituya.
b. Certificación de que, al presente, no representa ni representará
durante la vigencia del contrato a una persona con intereses en
conflicto con los de la OEG.
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C. Documentación acreditativa para cumplir con lo establecido en la Ley
Núm. 14-2004, según enmendada, conocida como la Ley para la
Inversión en la Industria Puertorriqueña, 0 con cualquier otra ley que
la sustituya, si aplica.
d. Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos
por los pasados cinco años emitida por el Departamento de Hacienda.
e. Certificación de Deuda Contributiva emitida por el Departamento de
Hacienda.
f. Certificado de Registro de Comerciante del Departamento de
Hacienda.
g. Certificación de Deuda por Todos los Conceptos emitida por el CRIM.
h. Certificación Negativa de Caso de Pensión Alimentaria o Certificación
de Estado de Cuenta, o Certificación de Estado de Cumplimiento de
persona natural o jurÃdica, respectivamente, emitida por la ASUME.
i. Copia de la patente municipal, declaración de volumen de negocio y
recibo de pago.
j. Copia del Certificado de Existencia o la Certificación de Autorización
para hacer Negocios emitida por el Departamento de Estado, si aplica.
k. Certificado de vigencia corporativa o cumplimiento (Good Standing),
emitida por el Departamento de Estado, si aplica.
I. Certificación de resolución corporativa, si aplica.
m. Certificación de exoneración contributiva para corporación sin fines de
lucro, emitida por el Departamento de Hacienda, si aplica.
n. Copia de la escritura de constitución de sociedad, si aplica.
o. Copia del certificado sobre sociedad especial sin fines de lucro, emitido
por el Departamento de Hacienda, si aplica.
p. Declaración jurada que indique que la sociedad especial foránea no
tiene deuda con el Gobierno, si aplica.
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q. Certificación de cumplimiento con la Ley Núm. 239-2004, según
enmendada, conocida como la Ley General de Sociedades
Cooperativas de Puerto Rico de 2004, y certificación de Good Standing
emitida por la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de
Cooperativas, si aplica.
r. Estado financiero anual. Si tiene un volumen de negocios de más de
$3,000,000 0 más debe estar auditado por un Contador Público
Autorizado.
S. Una carta de referencia bancaria y una carta de referencia comercial.
2. En el caso de proveedores de servicios, tendrán que suministrar, además de
los documentos anteriormente citados, lo siguiente:
a. Certificación de Registro como Patrono y de Deuda por Concepto de
Seguro por Desempleo y Seguro por Incapacidad emitida por el DTRH.
b. Certificación de Registro como Patrono y de Deuda por Concepto de
Seguro Social Choferil emitida por el DTRH.
C. Certificación de Deuda de Póliza de la Corporación del Fondo del
Seguro del Estado (CFSE).
d. Póliza de la CFSE, si aplica.
e. En aquellos casos en que fuera necesario, el proveedor tendrá que
presentar copia de las pólizas de seguros y endosos que sean
requeridas para brindar el servicio (por ejemplo, en el caso de
proyectos de construcción).
3. La OEG podrá eximir a los licitadores de presentar los documentos
enumerados en el inciso (c) (1), sub-incisos (d) al (s), de este artÃculo, si
estos están inscritos en el RUL y asà lo acrediten mediante el Certificado de
Elegibilidad expedido por la ASG.
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d. Reunión pre subasta
1. La celebración de la reunión de pre subasta es requisito para llevar a cabo la
subasta. Los licitadores interesados tienen que asistir a la misma para
participar en la subasta. Esta reunión les servirá para aclarar y contestar
cualquier duda.
2. La Junta llevará un registro de los asistentes a la pre subasta.
3. Cualquier aclaración 0 enmienda que la Junta entienda que deba hacer en
relación con las especificaciones incluidas en el pliego, se hará mediante
resolución escrita. Esta será retroactiva a la fecha del pliego. No se podrán
realizar enmiendas al pliego luego de la pre subasta.
4. La ausencia de un licitador a la reunión de pre subasta será causa suficiente
para rechazar de plano la oferta que presente para la subasta.
e. Ofertas
1. Los licitadores tendrán que suministrar toda la información requerida en el
pliego.
2. En los casos en que se reciba oferta de un solo licitador, esta podrá ser
aceptada por la Junta.
3. Las correcciones, las borraduras y los cambios en las ofertas tendrán que
estar iniciadas por el licitador 0 su representante autorizado. De lo contrario,
la oferta quedará invalidada para la partida o las partidas correspondientes.
4. Una oferta podrá modificarse únicamente antes de la apertura y mediante
una comunicación escrita presentada a la Junta en sobre cerrado e
identificado con el número de la subasta, la fecha, la hora de apertura, el
nombre y la dirección del licitador. En estos casos, se tendrá que incluir
información que especifique las razones para modificar la oferta original.
Toda modificación de oferta será abierta en la fecha y hora señalada para la
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subasta. No está permitido hacer cambios 0 modificaciones a las ofertas
después de haber sido abiertas en la subasta.
f. Especificaciones establecidas en el pliego
1. Las especificaciones que se incluyan en el pliego servirán de guÃa para
describir las caracterÃsticas del bien 0 servicio que se solicita.
2. La OEG podrá adjudicar aquel bien 0 servicio que cumpla con el propósito
para el cual se destinará, siempre y cuando sea en beneficio de los intereses
y necesidades de la Oficina.
g. Fianza de licitación (bid bond)
1. La fianza de licitación será un respaldo provisional para asegurar que cada
licitador sostendrá su oferta durante la subasta. La misma se prestará a favor
de la OEG y se someterá al momento de presentar la oferta mediante cheque
certificado por un banco comercial de Puerto Rico, giro postal O fianza de
seguro.
2. La fianza de licitación será equivalente al 10 por ciento del total de la oferta.
La OEG retendrá la fianza de los licitadores no agraciados hasta que se
adjudique la subasta. En el caso del licitador agraciado se retendrá la misma
hasta la fecha en que se formalice el contrato correspondiente.
h. Firma de las ofertas
1. Los pliegos de las ofertas tendrán que estar firmados en tinta indeleble por
el licitador o su representante autorizado.
2. El Secretario de la Junta podrá aceptar ofertas sin firmar si, antes de la
apertura de la subasta, el licitador afectado 0 su representante autorizado
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presenta una carta u otro documento firmado que justifique la ausencia de
tal firma y acepte la responsabilidad correspondiente.
i. Presentación de las ofertas
1. Las ofertas de los licitadores, 0 cualquier modificación previa a la apertura de
la subasta, tendrán que ser entregadas en sobres cerrados al Secretario de
la Junta antes de la fecha y hora determinadas.
2. Los sobres tienen que estar identificados en la parte del frente y harán
referencia al número de la subasta correspondiente. No se considerarán
ofertas recibidas con posterioridad al dÃa y hora señalados en el pliego, ni
ofertas recibidas por el fax O la Internet. Tampoco se aceptarán sobres que
no estén cerrados e identificados.
3. Los licitadores entregarán los sobres cerrados con las ofertas a la mano del
Secretario de la Junta, quien lo marcará con el sello oficial de la OEG e
indicará la fecha y la hora en que fueron recibidos. Toda oferta presentada
será custodiada por este y guardada bajo llave hasta la fecha y hora fijadas
para la apertura de los sobres que contienen las ofertas.
4. En caso de que alguno de los sobres aceptados se abra por error 0
inadvertencia, se invalidará el proceso.
j. Retiro de las ofertas
1. La solicitud para retirar una oferta podrá efectuarse mediante petición escrita
sometida antes de la subasta.
2. Después de iniciada la subasta, no está permitida la cancelación de una oferta
por parte del licitador. Como excepción, solo se podrá retirar una oferta
después de iniciada la subasta si el licitador demuestra, a satisfacción de la
Junta, que la oferta se hizo por error y que la misma no pueda sostenerse
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como oferta razonable. Este licitador no podrá presentar una oferta sustituta
una vez retirada la oferta original.
3. Cuando un licitador insista en el retiro de su oferta sin establecer razones
meritorias O el licitador agraciado se niegue a aceptar la orden de compra 0
servicio, se confiscará la fianza de licitación (bid bond).
k. Acto de subasta
1. Todo licitador que asista a la subasta firmará el registro de asistencia.
2. Una vez se constituya el quórum de la Junta, se declarará abierta la subasta
a la hora, la fecha y el lugar indicados en el pliego, y se procederá a abrir los
sobres que contienen las ofertas de los licitadores. El acto de apertura será
público y toda persona interesada podrá asistir al mismo. En caso de que el
acto de apertura se realice de modo virtual, se proveerá a toda persona
interesada un enlace electrónico para acceder al acto.
3. El Presidente de la Junta o el integrante de la Junta designado dará lectura
a cada oferta, verificará la corrección de estas y comprobará que se haya
cumplido con los requisitos de rigor. Las ofertas que no cumplan con alguno
de los requisitos serán rechazadas.
4. Luego de leÃdas las ofertas, cualquier licitador que asista a la subasta podrá
examinar, en presencia de los integrantes de la Junta, cualquier documento
relacionado con la oferta presentada por otro licitador.
5. Toda información relacionada con una subasta será retenida por el Secretario.
La oferta adjudicada se conservará en el expediente correspondiente en el
APF.
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I. Adjudicación
1. En la adjudicación de la subasta se considerará, además de los requisitos
mencionados en los incisos (b) (5), (b) (6) y (c) de este artÃculo, los siguientes
factores:
a. El precio (el factor económico por sà solo no es determinante).
b. Las especificaciones requeridas.
C. Los descuentos ofrecidos por pagos realizados a tiempo.
d. El mantenimiento y las garantÃas.
e. La solvencia económica.
f. El término O el tiempo de entrega O ejecución de servicios que se
ofrezca.
g. Las experiencias obtenidas con los licitadores en contratos anteriores,
si alguna.
2. Las notificaciones de adjudicación se harán por escrito a los licitadores
mediante resolución de la Junta.
m. Empate de ofertas
En aquellos casos en que las ofertas sean idénticas en precios, especificaciones y
demás condiciones estipuladas en el pliego, se considerará que ha habido un
empate, en cuyo caso la Junta podrá:
1. adjudicar a base de la experiencia con los licitadores;
2. adjudicar la subasta por sorteo en presencia de los licitadores y de un notario
público quien levantará la correspondiente acta; 0
3. adjudicar la misma a ambos por renglones 0 partidas.
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n. Adjudicación por partidas
La Junta podrá aceptar 0 rechazar cualquier partida, grupo 0 grupos de partidas de
cualquier oferta, asà como ordenar cantidades menores a las establecidas, según
convenga a los mejores intereses de la OEG.
O. Rechazo de oferta 0 cancelación de la subasta
La Junta podrá rechazar cualquier oferta O cancelar la subasta durante cualquier
etapa del proceso y con anterioridad al otorgamiento del contrato cuando:
1. uno 0 más licitadores no cumplan con algunos de los requisitos,
especificaciones O condiciones requeridas en el pliego;
2. se estime que no se ha obtenido la competencia adecuada;
3. los precios obtenidos sean irrazonables 0 no estén acordes con el mercado;
4. no haya fondos suficientes para pagar los bienes o servicios;
5. las ofertas muestren que los licitadores controlan el mercado del producto
entre sà para ofrecer precios irrazonables; O
6. ninguna sea satisfactoria a los intereses de la OEG.