Regl. 9642, art. 7.1 dup2
REGLAMENTO SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE LA OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9642, Art. 7.1 dup2
Interpretación del Reglamento ante enmienda a leyes aplicables
Si con posterioridad a la vigencia de este Reglamento, la LOOEG, la LPAU 0 cualquiera de
las leyes citadas en este fuesen enmendadas, derogadas 0 sustituidas, las disposiciones
reglamentarias serán interpretadas de conformidad con el estado de derecho vigente. Se
considerará derogada toda disposición claramente contraria al texto de la ley aplicable.
Reglamento sobre los Procedimientos
Operacionales de la OEG
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