Regl. 9643, art. 15
Firmas en contrato, orden de compra, orden de servicio y documento similar
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 15
La representación de la Autoridad en transacciones contractuales y de adquisición de
bienes y servicios se hará por aquellos funcionarios que tengan autoridad en ley o a quien se le
haya delegado tal facultad por autoridad competente de manera oficial.
En cuanto a la parte contratante, conforme a la instrucción dispuesta en las GuÃas, la
Autoridad solicitará una identificación a la persona que firme el contrato, orden de compra, orden
de servicio o documento similar en representación de la parte contratada. En caso de que se trate
de un representante de una persona jurÃdica, se deberá solicitar el documento acreditativo de que
está autorizado a comparecer en tal capacidad (i.e., certificado de resolución corporativa).