Regl. 9643, art. 28

Sello

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Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 28

La Junta de Subastas adoptará un sello oficial el cual será custodiado por el Secretario de la Junta. Todas las determinaciones, comunicaciones y certificaciones que emita la Junta de Subastas, serán consideradas como documentos oficiales de la Junta, siempre que estén marcadas con el sello oficial.
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