Regl. 9643, art. 3
Propósito
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 3
Este Reglamento se adopta con el propósito de establecer las normas y procedimientos para
la adquisición de bienes y servicios de la Autoridad, así como para promover una sana
administración pública cónsona con las leyes y normativas vigentes en materia de contratación
gubernamental, incluyendo, pero no limitado a, las disposiciones del Boletín Administrativo Núm.
OE-2020-082 titulado como "Orden Ejecutiva de la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Wanda
Vázquez Garced, para adoptar las Guías generales de contratación gubernamental aplicables a
todas las agencias ejecutivas" ("OE 2020-082") (denominadas en este Reglamento como las
"Guías"). Además, como Entidad Exenta de las disposiciones de la Ley 73-2019, este Reglamento
establece los métodos de licitación y compras excepcionales a seguir por la Autoridad al momento
de realizar compras y subastas de bienes, obras y servicios no profesionales. Igualmente, este
Reglamento servirá de base para enmendar, modificar y/o suplementar, de tiempo en tiempo y
según sea necesario, las políticas y procedimientos internos de la Autoridad para la compra y
contratación de bienes y servicios, según se definen más adelante. Los procedimientos se realizarán
en la forma, tiempo, cantidades y precios conforme a las necesidades y la eficiencia de los servicios
que presta la Autoridad y en atención a fines públicos legítimos. Estas facultades pueden ser
ejercidas dentro y fuera de Puerto Rico.
La versión más reciente del Reglamento incluye las enmiendas introducidas a la Ley 73-
2019 y la Ley 38-2017 en virtud de la Ley 110-2022. Mediante este Reglamento, se incorporan,
además, las disposiciones de la Ley 48-2024 y Ley 153-2024, las cuales enmendaron la Ley 73-
2019 y la Ley 38-2017 para modificar las cuantías para cada uno de los métodos de licitación e
incluir la micro compra como parte del método de licitación de compra informal. Establece
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Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico
también el procedimiento de revisión administrativa de los procesos de licitación pública
realizados por la Autoridad como entidad exenta, en virtud de la Ley 73-2019 ante la Junta
Revisora de la Administración de Servicios Generales.