Regl. 4131, art. 46 dup2
Identificación con nombres no permitida
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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 46 dup2
No se identificarán espacios de estacionamiento
con nombres de personas. La identificación se
circunscribirá al tÃtulo del puesto de la persona
que tenga derecho al privilegio de identificación
del espacio que se le-asigna.
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