Regl. 9643, art. 43-43.10 dup2
Impugnación de la invitación de solicitud de propuestas 0 solicitud de
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 43-43.10 dup2
propuestas selladas; impugnación del pliego de solicitud de propuestas 0
solicitud de propuestas selladas
A. Impugnación de la Invitación de Solicitud de Propuestas 0 Solicitud de Propuestas
Selladas (Convocatoria)
Cualquier licitador que interese participar en el proceso de solicitud de propuestas 0
solicitud de propuestas selladas podrá impugnar la Invitación al procedimiento competitivo,
mediante escrito, únicamente cuando no se haya seguido cualesquiera de los procedimientos
establecidos en este Reglamento, 0 cuando se considere que el término fijado para efectuar el
estudio y preparación de la oferta y la fecha para radicar la oferta no es suficiente. El escrito deberá
contener el fundamento por el cual se impugna la invitación, además, deberá estar firmado por el
licitador. El escrito de impugnación deberá ser notificado por el licitador a la dirección de correo
electrónico provisto por la Autoridad en la Invitación a Solicitud de Propuestas o Solicitud de
Propuestas Selladas, dentro de los tres (3) dÃas laborables siguientes a la fecha de envÃo por la
Autoridad de la invitación mediante correo electrónico a los licitadores o desde la fecha de
publicación de la Invitación en la página web de la Autoridad. Si la fecha de envÃo de la invitación
mediante correo electrónico a los licitadores es distinta a la fecha de publicación de la Invitación
en la página web de la Autoridad, el término se contará a partir de la fecha de publicación de la
Invitación en la página web de la Autoridad. El licitador deberá, además, dentro del término antes
dispuesto, notificar vÃa correo electrónico copia del recurso de impugnación presentado a los
licitadores invitados a la subasta formal. La Autoridad hará disponible los correos electrónicos de
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los licitadores a los fines de permitir una debida notificación. Todo escrito de impugnación
radicado fuera del término aquà establecido será rechazado de plano. Como consecuencia de la
presentación de este recurso se paralizarán automáticamente los trámites en el procedimiento
competitivo impugnado y los términos subsiguientes se contarán a partir de la notificación de la
decisión de la Junta de Subastas, cuerpo que evaluará y resolverá en sus méritos la impugnación
dentro del término de quince (15) dÃas laborables a partir de la fecha en que fue recibida,
prorrogables por justa causa o cuando redunde en el mejor interés de la Autoridad.
Como consecuencia de la impugnación presentada, la Junta de Subastas podrá determinar
lo siguiente:
1) Desestimar la impugnación presentada y ordenar que se continúen los trámites.
2) Enmendar la Invitación a Solicitud de Propuestas 0 Solicitud de Propuestas Selladas, y
emitir una nueva.
3) Cancelar la Invitación a Solicitud de Propuestas o Solicitud de Propuestas Selladas.
La determinación de la Junta de Subastas será notificada al recurrente y a los licitadores
invitados al proceso de solicitud de propuestas o solicitud de propuestas selladas mediante correo
electrónico. Si el licitador no estuviera conforme con esta determinación, podrá solicitar su
reconsideración, luego de notificado el aviso de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en
el ArtÃculo 52 de este Reglamento.
B. Impugnación del pliego de Solicitud de Propuestas 0 Solicitud de Propuestas
Selladas
Si un licitador interesado en participar en un procedimiento de solicitud de propuestas o
solicitud de propuestas selladas no estuviere de acuerdo con los términos finales, instrucciones,
especificaciones o condiciones establecidas en el pliego, podrá impugnar los mismos. El escrito
de impugnación del pliego de subasta deberá ser notificado por el licitador a la dirección de correo
electrónico provisto por la Autoridad en el pliego, dentro de los tres (3) dÃas laborables siguientes
a la fecha en que la Autoridad hizo disponibles los pliegos de la subasta. El licitador deberá,
además, dentro del término antes dispuesto, notificar vÃa correo electrónico copia del recurso de
impugnación presentado a los licitadores invitados a la subasta formal. Todo escrito de
impugnación presentado fuera del término aquà establecido será rechazado de plano.
El escrito de impugnación al pliego de subasta deberá contener lo siguiente:
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1) El número del procedimiento de solicitud de propuestas 0 solicitud de propuestas
selladas.
2) Una relación detallada indicando las partes especÃficas, especificaciones y/o
condiciones establecidas en el pliego cuyos términos impugna.
3) Los fundamentos en los cuales se basa la impugnación presentada y cualquier evidencia
que sustenta el argumento esbozado.
4) Una indicación clara del remedio o acción que se solicita.
5) La firma del licitador.
Como consecuencia de la presentación de este recurso, se paralizarán automáticamente los
trámites en el procedimiento impugnado y los términos subsiguientes se contarán a partir de la
notificación de la determinación de la Junta de Subastas, cuerpo que evaluará y resolverá en sus
méritos la impugnación dentro del término de quince (15) dÃas laborables a partir de la fecha en
que fue recibida.
Como consecuencia de la impugnación presentada, la Junta de Subastas podrá determinar
lo siguiente:
1) Desestimar la impugnación presentada y ordenar que se continúen los trámites.
2) Enmendar el pliego o emitir uno nuevo.
3) Cancelar el pliego de solicitud de propuestas o solicitud de propuestas selladas.
La determinación de la Junta de Subastas será notificada al recurrente y a los licitadores
invitados al procedimiento competitivo mediante correo electrónico. Si el licitador no estuviera
conforme con esta determinación, podrá solicitar el procedimiento de reconsideración, de
conformidad con lo dispuesto en el ArtÃculo 52 de este Reglamento.