Regl. 9643, art. 43-43.13 dup2
Entrega 0 presentación de propuestas
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 43-43.13 dup2
Las Propuestas serán entregadas personalmente o presentadas en 0 antes de la fecha lÃmite
para someter propuestas, conforme las instrucciones establecidas en el pliego correspondiente.
Las propuestas deberán estar refrendadas (firmadas o iniciadas) por el licitador que aparece
registrado en el RUL. En caso de no pertenecer al RUL, deberá estar refrendada por la persona que
someterá todos los documentos requeridos ante el RUL.
Cuando un licitador o proponente que no esté registrado en el RUL comparezca a un
proceso de Solicitud de Propuestas o Solicitud de Propuestas Selladas y presente una oferta o
propuesta la Junta de Subastas no deberá rechazar la misma por el hecho de que dicho licitador no
esté registrado en el RUL y le dará cinco (5) dÃas laborables, contados a partir de la apertura de las
propuestas, para que someta todos los documentos requeridos ante el RUL. En caso de que el
licitador o proponente no entregue los documentos requeridos, será descalificado.
A todo licitador o proponente que esté registrado en el RUL, que haya presentado oferta o
propuesta y que no se encuentre elegible al momento de abrir las propuestas, se le concederá un
término improrrogable de cinco (5) dÃas laborables, contados a partir del momento en que se abren
las propuestas, para que someta la información o los documentos correspondientes en el RUL.
Durante dicho periodo no se realizará adjudicación alguna. La Junta de Subastas será responsable
de notificar al licitador o proponente, mediante llamada telefónica y correo electrónico, del término
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Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de AsesorÃa Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico
provisto para que actualice sus constancias en el RUL. En caso de que el licitador no actualice sus
constancias en el RUL durante el término provisto, será descalificado.