Regl. 9643, art. 43-43.20 dup2
Reuniones con proponentes cuyas ofertas 0 propuestas están dentro de los
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 43-43.20 dup2
márgenes de selección establecidos
Si la Junta de Subastas ha decidido sostener discusiones y negociaciones, éstas se
conducirán siguiendo los procedimientos que se indican a continuación:
1) Ninguna declaración hecha, ni acción tomada por la Junta de Subastas o el Comité
Evaluador de Subastas y Propuestas durante dichas discusiones y negociaciones,
obligará a la Autoridad de ningún modo.
2) Cada licitador cuyas ofertas o propuestas cumplan con las disposiciones establecidas
en el pliego, será invitado a que asista a una o varias reuniones en privado con la Junta
de Subastas o el Comité de Evaluación para discutir cualquier faceta de su propuesta y
contestar cualquier pregunta especÃfica provista en dicha invitación.
a. El contenido y la extensión de las discusiones entre la Junta de Subastas o
el Comité Evaluador de Subastas y Propuestas y cada licitador lo
determinará la Junta de Subastas o el Comité Evaluador de Subastas y
Propuestas basada en hechos y circunstancias particulares de cada
propuesta.
b. El propósito de cada reunión será clarificar y asegurar el entendimiento de
los requisitos del contrato; mejorar los aspectos técnicos de la propuesta en
un esfuerzo que las lleve a cumplir con las especificaciones y requisitos de
rendimiento y/o reducir el precio; discutir los datos que avalen el precio y
los detalles pertinentes a cada propuesta que pueda mejorar ésta.
3) A los licitadores cuyas ofertas o propuestas cumplan con las disposiciones establecidas
en el pliego se les otorgará un trato justo e igual en cuanto a la oportunidad de discutir
y revisar las propuestas. Sin embargo, como la información que se trata en dichas
reuniones podrá variar en relación a cada proponente, las revisiones o discusiones
estarán basadas en hechos y circunstancias particulares de cada propuesta.
4) La Junta de Subastas con la ayuda del Comité Evaluador de Subastas y Propuestas,
podrá: (a) establecer los métodos e itinerarios para llevar a cabo las discusiones y
controlar las mismas; (b) orientar al licitador sobre deficiencias en su propuesta para
que tenga la oportunidad de satisfacer los requisitos; (c) intentar aclarar cualquier
incertidumbre relacionada con la propuesta, y de otra forma refinar los términos y
condiciones de la misma; (d) corregir cualquier error que se entienda pueda existir,
trayéndolos a la atención del licitador, tan pronto como sea posible, sin publicar
información relacionada con otras propuestas, o con el proceso de evaluación; (e)
proveerle al licitador una oportunidad razonable para que someta cualquier
modificación sobre precio O costo, técnica o de cualquier otra Ãndole a su propuesta que
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Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de AsesorÃa Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico
pueda resultar de las discusiones; y, (f) mantener un registro de la fecha, hora, lugar y
propósito de las discusiones y de las personas que asistan a las mismas.
5) Luego de cada entrevista o reunión con cualquier licitador, el Comité Evaluador de
Subastas y Propuestas redactará una minuta que incluirá todos los elementos
importantes de la entrevista o reunión. La minuta formará parte del expediente del
proceso.
6) El licitador pondrá por escrito cualquier clarificación verbal sustantiva a una propuesta.
7) Las discusiones y negociaciones se podrán llevar a cabo en todo o en parte a través de
comunicaciones por escrito sin reuniones personales ni entrevistas, a discreción de la
Junta de Subastas o el Comité Evaluador de Subastas y Propuestas. También podrán
llevarse a cabo por medio de cualquier plataforma electrónico.
8) No se requerirán discusiones orales o escritas en aquellos casos en que se determine, a
base de la existencia de una competencia completa y abierta, o a base de experiencia
previa en torno al costo del producto o servicio, que la aceptación sin discusión de la
propuesta inicial más favorable resultará en el mejor valor para la Autoridad, siempre
que en el pliego de la Solicitud de Propuestas o Solicitud de Propuestas Selladas se
haya notificado a todos los licitadores sobre la posibilidad de que el contrato se
adjudicara sin discusiones.
9) De llevarse a cabo discusiones y negociaciones, la Junta de Subastas podrá solicitar a
los licitadores cuyas ofertas o propuestas cumplan con las disposiciones establecidas
en el pliego, que sometan enmiendas a las Propuestas ("Best and final offer" o
"BAFO") que respondan a las discusiones y negociaciones que se realicen.
10) La Junta de Subastas 0 el Comité Evaluador de Subastas y Propuestas mantendrá
confidencial todas las discusiones y negociaciones. Ninguna información que tenga que
ver con las propuestas o sus evaluaciones se discutirán con nadie que no sea el licitador
que las sometió antes del otorgamiento del contrato.