Regl. 9643, art. 43-43.21

Cancelación del pliego de solicitud de propuestas 0 solicitud de propuestas

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Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 43-43.21

selladas La Junta de Subastas podrá cancelar el pliego de la Solicitud de Propuestas o Solicitud de Propuestas Selladas, sujeto a lo siguiente: 1) De surgir alguna de las condiciones que eximen del trámite de solicitud de propuestas o propuestas selladas (compras excepcionales); 89 Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico 2) Como consecuencia de una impugnación; 3) Por cualquier causa justificada que determine la Junta de Subastas; o 4) Cuando la Junta de Subastas determine que la cancelación del pliego de la solicitud de propuestas o solicitud de propuestas selladas redunda en el mejor interés de la Autoridad. La cancelación será notificada mediante correo electrónico a los licitadores que hayan obtenido el pliego. Además, se publicará un anuncio de cancelación en la página web de la Autoridad.
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