Regl. 9643, art. 44-44.4 dup2
Contenido de la declaración de cualificaciones
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 44-44.4 dup2
La declaración de cualificaciones deberá describir la experiencia del proponente potencial
en trabajos 0 servicios de naturaleza igual o similar a los solicitados, y proveerá información
financiera o de otro tipo, incluyendo la capacidad del proponente potencial para obtener las fianzas
que pueden ser pertinentes, entre otros criterios, según sea solicitado en la correspondiente
Invitación de Solicitud de Cualificaciones o Aviso de Cualificaciones.
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Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de Asesoria Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico