Regl. 9643, art. 44-44.5 dup2

Precualificación de suplidores; primera fase

Last amended: 2024Length: 192 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 44-44.5 dup2

El Comité Evaluador de Subastas y Propuestas, evaluará las declaraciones de las cualificaciones presentadas por los proponentes potenciales de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en la Invitación de Solicitud de Cualificaciones o Aviso de Cualificaciones. Además, preparará un Resumen de Cualificaciones, donde hará constar lo siguiente: 1) Número de la Solicitud de Cualificaciones; 2) Nombre de cada proponente potencial que sometió la correspondiente declaración de cualificaciones; 3) Señalamiento a los efectos de si el proponente potencial cumple o no con los criterios de evaluación establecidos en la correspondiente Solicitud de Cualificaciones 0 Aviso de cualificaciones y puntuación; 4) Recomendación en cuanto a las cualificaciones de cada proponente para recibir O no la Solicitud de Propuestas; la recomendación deberá expresar cuáles potenciales proponentes resultaron cualificados y cuáles no; 5) Fecha y firma de la persona que prepara el Resumen de Cualificaciones; y, 6) Cualquier otra información necesaria para la evaluación y selección de los proponentes cualificados. La Junta de Subastas no vendrá obligada a determinar las cualificaciones de los potenciales proponentes de conformidad con lo establecido en el Resumen de Cualificaciones, sino que, tendrá criterio independiente en cuanto a su determinación.
Regl. 9643, art. 44-44.5 dup2: Precualificación de suplidores; primera fase | Justis AI