Regl. 9643, art. 44-44.7 dup2
Notificación de Resolución sobre determinación sobre cualificaciones
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 44-44.7 dup2
La Junta de Subastas, luego de la evaluación correspondiente y conforme los criterios de
evaluación establecidos en la Invitación, determinará cuáles proponentes están cualificados y
cuáles no.
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Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de AsesorÃa Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico
La Junta de Subastas notificará mediante Resolución su determinación sobre
cualificaciones a todos los participantes del proceso de Solicitud de Cualificaciones. La
notificación se hará mediante correo federal certificado con acuse de recibo, o mediante correo
electrónico. La Determinación sobre Cualificaciones expresará la determinación de la Junta de
Subastas sobre cuáles proponentes resultaron cualificados y cuáles no, de conformidad con los
criterios de evaluación establecidos en la Invitación.
Cualquier parte adversamente afectada por una decisión de la Junta de Subastas sobre
Determinación sobre Cualificaciones podrá solicitar su reconsideración, luego de notificado el
aviso de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el ArtÃculo 52 de este Reglamento.