Regl. 9643, art. 50
Revisión trimestral del Plan Anual de Adquisiciones
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 50
La Autoridad estará obligada a revisar trimestralmente los estimados de necesidades y
compras probables incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y deberán notificar a la ASG de
cualquier cambio realizado en el Plan Anual de Adquisiciones vigente y previamente sometido.
La Ley 73-2019, faculta a la ASG a imponer multas administrativas por incumplimiento con lo
anterior.
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Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de AsesorÃa Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico