Regl. 9643, art. 50

Revisión trimestral del Plan Anual de Adquisiciones

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Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 50

La Autoridad estará obligada a revisar trimestralmente los estimados de necesidades y compras probables incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y deberán notificar a la ASG de cualquier cambio realizado en el Plan Anual de Adquisiciones vigente y previamente sometido. La Ley 73-2019, faculta a la ASG a imponer multas administrativas por incumplimiento con lo anterior. 103 Reglamento para la adquisición de bienes y servicios en la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico
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