Regl. 9643, art. 56
Responsabilidad de las oficinas y departamentos
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 56
Será la responsabilidad de las oficinas y departamentos de la Autoridad supervisar la
ejecución y cumplimiento de los contratos y adquisiciones que administran. Las oficinas y
departamentos mantendrán un expediente del proyecto, servicio o compra que está bajo su
supervisión e incluirán las evidencias del incumplimiento. La oficina o departamento de la
Autoridad hará los intentos que sean necesarios para lograr el cumplimiento del contratista y se
guardará la evidencia de dichos intentos. Igualmente, la oficina 0 departamento deberá notificar al
área de contabilidad de la Autoridad, sobre cualquier ajuste que haya que hacer en la factura por
falta del cumplimiento.