Regl. 9643, art. 6
Principios generales sobre contratación gubernamental y las Guías
Cite as Reglamento Núm. 9643, Art. 6
Se adoptan por referencia la Guías, según aquí definidas, y se hacen formar parte integral
de este Reglamento, con excepción de aquellas secciones que sean inaplicables por virtud de
alguna ley. Toda norma, directriz, procedimiento, política o documento similar que se promulgue
deberá estar a tono con las Guías en toda su extensión, incluyendo las cláusulas que deberá
contener todo contrato según lo establecido en la Sección 2.6.1 de las Guías, sin limitarse a
contratos de servicios profesionales y consultivos, contratos de servicios no profesionales,
contratos de arrendamiento, entre otros.