Regl. 9645, art. III-2
Patrimonio del Fideicomiso de la Tierra
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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. III-2
El patrimonio del Fideicomiso de la Tierra estará constituido por los siguientes
bienes:
(a) Los bienes inmuebles localizados en el Distrito cuya titularidad le fue
investida a la Corporación en virtud de los ArtÃculos 17 y 18 de la Ley Núm.
489 2004, una vez transferidos por la Corporación al Fideicomiso de la
Tierra. El Fideicomiso de la Tierra retendrá la titularidad sobre los bienes
inmuebles transferidos en virtud de tales ArtÃculos 17 y 18 de la Ley Núm.
489 2004 y no podrá venderlos o transferirlos en forma alguna.
(b) Aquellos bienes inmuebles que adquiera posteriormente en el Distrito 0
fuera de él, por donación, transferencia, compra, permuta O por cualquier
otro negocio jurÃdico permitido por la ley. El Fideicomiso de la Tierra
retendrá la titularidad del suelo que adquiera en el Distrito y no podrá
venderlo o transferirlo en forma alguna. Esta prohibición de transmitir el
dominio no aplica a los bienes inmuebles ubicados fuera del Distrito que
adquiera el Fideicomiso de la Tierra, los cuales podrán ser vendidos O
transferidos cuando pierdan su valor estratégico para los fines del
Fideicomiso de la Tierra.
(c) Aquellas estructuras, edificaciones, unidades de vivienda, locales de uso
no residencial u obras que adquiera de terceros 0 que sean construidas por
Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del
Fideicomiso de la Tierra del Caño MartÃn Peña
Sometido por:
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Aprobado por: JOPN
el propio Fideicomiso de la Tierra, mientras retenga su titularidad.
(d) Aquellos derechos y bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles
que la Corporación transfiera 0 que el Fideicomiso de la Tierra adquiera
para cumplir con su misión y lograr sus objetivos. Esto incluye, sin que
represente una limitación, terrenos; edificaciones, unidades de vivienda,
locales de uso no residencial, obras y cualesquiera otras estructuras;
activos financieros tales como dinero, valores, créditos, cuentas por cobrar,
productos, pagarés, bonos y acciones; y, derechos, tales como contratos,
propiedad intelectual y marcas registradas."
G. Se enmienda el ArtÃculo III: Aspectos generales del Fideicomiso de la Tierra,
en la Sección 3: Visión, misión, objetivos y principios rectores del
Fideicomiso de la Tierra, con el propósito de hacer precisiones y modificaciones
al lenguaje y revisar las citas legales, y que lea como sigue: