Regl. 9645, art. III-2

Patrimonio del Fideicomiso de la Tierra

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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. III-2

El patrimonio del Fideicomiso de la Tierra estará constituido por los siguientes bienes: (a) Los bienes inmuebles localizados en el Distrito cuya titularidad le fue investida a la Corporación en virtud de los Artículos 17 y 18 de la Ley Núm. 489 2004, una vez transferidos por la Corporación al Fideicomiso de la Tierra. El Fideicomiso de la Tierra retendrá la titularidad sobre los bienes inmuebles transferidos en virtud de tales Artículos 17 y 18 de la Ley Núm. 489 2004 y no podrá venderlos o transferirlos en forma alguna. (b) Aquellos bienes inmuebles que adquiera posteriormente en el Distrito 0 fuera de él, por donación, transferencia, compra, permuta O por cualquier otro negocio jurídico permitido por la ley. El Fideicomiso de la Tierra retendrá la titularidad del suelo que adquiera en el Distrito y no podrá venderlo o transferirlo en forma alguna. Esta prohibición de transmitir el dominio no aplica a los bienes inmuebles ubicados fuera del Distrito que adquiera el Fideicomiso de la Tierra, los cuales podrán ser vendidos O transferidos cuando pierdan su valor estratégico para los fines del Fideicomiso de la Tierra. (c) Aquellas estructuras, edificaciones, unidades de vivienda, locales de uso no residencial u obras que adquiera de terceros 0 que sean construidas por Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página I 19 Aprobado por: JOPN el propio Fideicomiso de la Tierra, mientras retenga su titularidad. (d) Aquellos derechos y bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles que la Corporación transfiera 0 que el Fideicomiso de la Tierra adquiera para cumplir con su misión y lograr sus objetivos. Esto incluye, sin que represente una limitación, terrenos; edificaciones, unidades de vivienda, locales de uso no residencial, obras y cualesquiera otras estructuras; activos financieros tales como dinero, valores, créditos, cuentas por cobrar, productos, pagarés, bonos y acciones; y, derechos, tales como contratos, propiedad intelectual y marcas registradas." G. Se enmienda el Artículo III: Aspectos generales del Fideicomiso de la Tierra, en la Sección 3: Visión, misión, objetivos y principios rectores del Fideicomiso de la Tierra, con el propósito de hacer precisiones y modificaciones al lenguaje y revisar las citas legales, y que lea como sigue:
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