Regl. 9645, art. IX-3

Adquisición de bienes inmuebles públicos

Length: 199 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. IX-3

El Fideicomiso de la Tierra identificará aquellos bienes inmuebles localizados en el Distrito que alguna agencia pública (a) haya adquirido después de la transferencia de terrenos a la Corporación, según lo establecido en la Ley Núm. 489 2004, y no los utilice o, habiéndolos utilizado, quedare un sobrante; 0 (b) no hayan sido transferidos a la Corporación por haber estado sujetos a los gravámenes indicados en la Ley Núm. 489 2004; y lo notificará a la Junta de Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página 94 Aprobado por J/NPN Directores. En estos casos, la Corporación gestionará la cesión y el traspaso de los bienes inmuebles a ésta para, luego, transferirlos al Fideicomiso de la Tierra. En los casos en que la agencia pública haya adquirido el bien inmueble en cuestión por expropiación forzosa, la adquisición por la Corporación se gestionará conforme establece la ley. YY. Se enmienda el Artículo IX: Adquisición de bienes inmuebles en la Sección 4: Adquisición de construcciones en terrenos del Fideicomiso de la Tierra, con el propósito de hacer modificaciones al lenguaje y para mayor claridad del contenido, y que lea como sigue:
Regl. 9645, art. IX-3: Adquisición de bienes inmuebles públicos | Justis AI