Regl. 9645, art. IX-5

Prioridades

Length: 222 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. IX-5

De no tener los fondos necesarios para adquirir todos los bienes inmuebles disponibles para compra, el Fideicomiso de la Tierra adquirirá prioritariamente aquellos que ubiquen en el Distrito de acuerdo con el siguiente orden de prelación: (a) Los necesarios para viabilizar los proyectos identificados en el Plan para el Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página 95 Aprobado por: Rond Distrito. (b) Los requeridos para satisfacer las necesidades de vivienda asequible para los residentes que haya que realojar como resultado de la implantación del Plan para el Distrito y para las familias e individuos de bajos ingresos que sean residentes del Distrito, de acuerdo con sus necesidades particulares. (c) Los necesarios para viabilizar negocios que permitirían allegar fondos para la realización de obras. (d) Los necesarios para viabilizar otros proyectos. AAA. Se enmienda el Artículo X: Venta, arrendamiento y concesión de otros derechos sobre bienes inmuebles del Fideicomiso de la Tierra en la Sección 1: Identificación de bienes inmuebles, con el propósito de reenumerar el Artículo XI como Artículo X; se hacen cambios de redacción y precisiones del texto para mayor claridad del contenido; se añade la Sección 4 para incluir otros derechos que el Fideicomiso de la Tierra podría conceder sobre sus bienes inmuebles para que lea como sigue:
Regl. 9645, art. IX-5: Prioridades | Justis AI