Regl. 9645, art. I-1
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Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del
Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña
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La rehabilitación del Caño Martín Peña y de las comunidades aledañas a este
cuerpo de agua constituye uno de los proyectos estratégicos prioritarios que
desarrolla el Gobierno de Puerto Rico, el cual ha sido denominado Proyecto
ENLACE del Caño Martín Peña. El 3 de mayo de 2002, la Junta de Planificación
designó, mediante Resolución, el Distrito de Planificación Especial del Caño
Martín Peña, en adelante el Distrito, que comprende a las comunidades Barrio
Obrero, Barrio Obrero Marina, Buena Vista Santurce, Parada 27, Las Monjas,
Buena Vista Hato Rey e Israel-Bitumul. Entre los años 2002 y 2004, mediante un
extenso, continuo e intenso proceso de planificación participativa con los
residentes en esas comunidades, que incluyó más de setecientas (700)
actividades de participación ciudadana, se elaboró el Plan de Desarrollo Integral
y de Usos del Terreno para dicho Distrito, en adelante el Plan para el Distrito. Este
proceso participativo resultó, además, en la aprobación de la Ley Núm. 489 de 24
de septiembre de 2004, conocida como "Ley para el Desarrollo Integral del Distrito
de Planificación Especial del Caño Martín Peña", según enmendada, en adelante
la Ley Núm. 489-2004, la cual estableció la política pública en relación con el
Distrito y la estrategia para ejecutarla, y creó los instrumentos necesarios para la
implantación del Plan para el Distrito.
A fin de garantizar la efectiva ejecución de las diversas iniciativas y proyectos
dentro del Distrito, la Ley Núm. 489-2004, creó la Corporación del Proyecto
ENLACE del Caño Martín Peña, en adelante la Corporación, con el mandato
expreso de coordinar todos los esfuerzos e iniciativas para la implantación del
Plan para el Distrito, garantizar la participación ciudadana y promover la
participación del sector privado. Por virtud de la Ley Núm. 489 2004 a los ciento
sesenta (160) días de esta entrar en vigor, la Corporación quedó investida de la
titularidad de todos los bienes inmuebles ubicados en el Distrito que al entrar en
vigor el estatuto estaban bajo la administración, custodia, dominio, arrendamiento
o posesión de cualquier agencia pública, según definida en la Ley Núm. 489
2004. Asimismo, quedaron bajo la titularidad de la Corporación los bienes
inmuebles declarados como patrimoniales del Estado y que ubican al norte y al
sur de la línea límite de la zona marítimo-terrestre en el Distrito, luego del deslinde
de oficio practicado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales,
según lo dispuesto en la Ley Núm. 489 2004.
La Ley Núm. 489 2004, creó, además, el Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín
Peña, en adelante el Fideicomiso de la Tierra, con personalidad jurídica
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independiente, con carácter privado y perpetuo, y con el propósito de tener el
dominio a perpetuidad de los bienes inmuebles que obtenga de la Corporación en
virtud de la Ley Núm. 489 2004, así como cualesquiera otros bienes que adquiera
en el futuro, para el beneficio de los residentes del Distrito. El Fideicomiso de la
Tierra se creó como un mecanismo de tenencia colectiva de la tierra para resolver
el problema de falta de títulos de propiedad; evitar el desplazamiento involuntario
de las comunidades que componen el Distrito y garantizar su permanencia a largo
plazo; superar la pobreza; garantizar a los residentes del Distrito el acceso a
vivienda asequible; aumentar el valor de la tierra y el capital de la comunidad;
agilizar y ayudar a financiar la implantación del Plan para el Distrito; y, diversificar
las fuentes de ingresos de los residentes.
La Ley Núm. 489 2004 facultó a la Corporación para reglamentar el
funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra. A tenor con la política pública del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico que promueve que el desarrollo comunitario
debe ser protagonizado por los miembros de las propias comunidades, la
Corporación utilizó diversos mecanismos de participación ciudadana que
propiciaron una amplia participación de los residentes del Distrito en la elaboración
del Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del
Caño Martín Peña en adelante el Reglamento, aprobado y vigente desde el año
2008.
B. Se enmienda el Artículo I: Introducción, en la Sección 2: Base legal, con el
propósito de hacer modificaciones al lenguaje y revisar las citas legales, y que lea
como sigue: