Regl. 9645, art. I-1

Trasfondo

Length: 739 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. I-1

Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página 3 Aprobado por: La rehabilitación del Caño Martín Peña y de las comunidades aledañas a este cuerpo de agua constituye uno de los proyectos estratégicos prioritarios que desarrolla el Gobierno de Puerto Rico, el cual ha sido denominado Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña. El 3 de mayo de 2002, la Junta de Planificación designó, mediante Resolución, el Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña, en adelante el Distrito, que comprende a las comunidades Barrio Obrero, Barrio Obrero Marina, Buena Vista Santurce, Parada 27, Las Monjas, Buena Vista Hato Rey e Israel-Bitumul. Entre los años 2002 y 2004, mediante un extenso, continuo e intenso proceso de planificación participativa con los residentes en esas comunidades, que incluyó más de setecientas (700) actividades de participación ciudadana, se elaboró el Plan de Desarrollo Integral y de Usos del Terreno para dicho Distrito, en adelante el Plan para el Distrito. Este proceso participativo resultó, además, en la aprobación de la Ley Núm. 489 de 24 de septiembre de 2004, conocida como "Ley para el Desarrollo Integral del Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña", según enmendada, en adelante la Ley Núm. 489-2004, la cual estableció la política pública en relación con el Distrito y la estrategia para ejecutarla, y creó los instrumentos necesarios para la implantación del Plan para el Distrito. A fin de garantizar la efectiva ejecución de las diversas iniciativas y proyectos dentro del Distrito, la Ley Núm. 489-2004, creó la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña, en adelante la Corporación, con el mandato expreso de coordinar todos los esfuerzos e iniciativas para la implantación del Plan para el Distrito, garantizar la participación ciudadana y promover la participación del sector privado. Por virtud de la Ley Núm. 489 2004 a los ciento sesenta (160) días de esta entrar en vigor, la Corporación quedó investida de la titularidad de todos los bienes inmuebles ubicados en el Distrito que al entrar en vigor el estatuto estaban bajo la administración, custodia, dominio, arrendamiento o posesión de cualquier agencia pública, según definida en la Ley Núm. 489 2004. Asimismo, quedaron bajo la titularidad de la Corporación los bienes inmuebles declarados como patrimoniales del Estado y que ubican al norte y al sur de la línea límite de la zona marítimo-terrestre en el Distrito, luego del deslinde de oficio practicado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, según lo dispuesto en la Ley Núm. 489 2004. La Ley Núm. 489 2004, creó, además, el Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña, en adelante el Fideicomiso de la Tierra, con personalidad jurídica Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página 4 Aprobado por: Jann independiente, con carácter privado y perpetuo, y con el propósito de tener el dominio a perpetuidad de los bienes inmuebles que obtenga de la Corporación en virtud de la Ley Núm. 489 2004, así como cualesquiera otros bienes que adquiera en el futuro, para el beneficio de los residentes del Distrito. El Fideicomiso de la Tierra se creó como un mecanismo de tenencia colectiva de la tierra para resolver el problema de falta de títulos de propiedad; evitar el desplazamiento involuntario de las comunidades que componen el Distrito y garantizar su permanencia a largo plazo; superar la pobreza; garantizar a los residentes del Distrito el acceso a vivienda asequible; aumentar el valor de la tierra y el capital de la comunidad; agilizar y ayudar a financiar la implantación del Plan para el Distrito; y, diversificar las fuentes de ingresos de los residentes. La Ley Núm. 489 2004 facultó a la Corporación para reglamentar el funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra. A tenor con la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que promueve que el desarrollo comunitario debe ser protagonizado por los miembros de las propias comunidades, la Corporación utilizó diversos mecanismos de participación ciudadana que propiciaron una amplia participación de los residentes del Distrito en la elaboración del Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña en adelante el Reglamento, aprobado y vigente desde el año 2008. B. Se enmienda el Artículo I: Introducción, en la Sección 2: Base legal, con el propósito de hacer modificaciones al lenguaje y revisar las citas legales, y que lea como sigue:
Regl. 9645, art. I-1: Trasfondo | Justis AI