Regl. 9645, art. VII-2 dup2

Plan estratégico

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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. VII-2 dup2

Con la asesoría y el consejo de la Junta de Directores, mientras la Corporación exista, la Junta de Fiduciarios adoptará un plan estratégico, y revisará y actualizará periódicamente. Mientras coexistan ambas entidades, el plan estratégico del Fideicomiso de la Tierra complementará el que prepare y adopte la Corporación Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página I 70 Aprobado por: JUBN para cumplir con sus responsabilidades. A partir del Plan para el Distrito y la visión y políticas rectoras del Fideicomiso de la Tierra, el/la Director(a) Ejecutivo(a) elaborará un borrador del plan estratégico. Procurará sugerencias y recomendaciones de/ G-8, los miembros y de las personas con interés usando técnicas de planificación participativa. El plan estratégico incluirá lo siguiente: (a) las metas y los objetivos estratégicos con sus respectivos indicadores y las actividades estratégicas necesarias para lograrlos; (b) las proyecciones financieras y económicas; (c) un análisis de las fortalezas y limitaciones internas del Fideicomiso de la Tierra, y las condiciones externas que influyen a favor o en contra de alcanzar las metas y objetivos estratégicos; y, (d) las actividades y recursos para superar las limitaciones y asegurar el éxito del Fideicomiso de la Tierra. El/la Director(a) Ejecutivo(a) presentará el borrador al Comité conjunto de planificación estratégica para su consideración. El Comité evaluará el borrador sometido y se asegurará de que el plan estratégico cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento, entre ellos, que haya sido elaborado con la participación ciudadana requerida. De entenderlo necesario, devolverá el documento al Director(a) Ejecutivo(a) para que lo revise, según se le requiera. El Comité someterá el borrador final del Plan estratégico a ambas Juntas para su consideración en una reunión conjunta de la Junta de Directores y de la Junta de Fiduciarios. El visto bueno de la Junta de Directores al plan estratégico así como su aprobación por la Junta de Fiduciarios constará en una resolución conjunta de ambos cuerpos. Se seguirá este mismo trámite para revisar el plan estratégico cada tres (3) años. KK. Se enmienda el Artículo VII: Planificación, presupuesto e informes en la
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