Regl. 9645, art. VII-3 dup2
Plan de trabajo y presupuesto
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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. VII-3 dup2
3.1 Elaboración del plan de trabajo y presupuesto
Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del
Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña
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A partir del Plan para el Distrito y del plan estratégico, y con la asesoría y el
consejo de la Junta de Directores de la Corporación, no más tarde de 1 de
noviembre de cada año, la Junta de Fiduciarios adoptará un plan de trabajo para
los tres (3) años fiscales siguientes y el presupuesto para el año fiscal siguiente.
Después del primer plan de trabajo, los siguientes incluirán la revisión de las
actividades planificadas para los dos (2) años fiscales incluidos en el plan de
trabajo anterior y aquellas que se planifiquen para el nuevo año fiscal que se
incluya en el plan.
El plan de trabajo del Fideicomiso de la Tierra complementará el plan de trabajo
de la Corporación, y se elaborará considerando la disponibilidad de recursos y las
proyecciones sobre ingresos y gastos futuros.
El/la Director(a) Ejecutivo(a) elaborará un borrador del plan de trabajo y
presupuesto usando técnicas de planificación participativa para obtener las
recomendaciones del G-8, los miembros y las personas con interés, y lo
presentará para la consideración del Comité conjunto de planificación estratégica,
el cual lo evaluará con la colaboración del G-8 y lo someterá a la consideración
de la Junta de Directores para su consejo y de la Junta de Fiduciarios para su
adopción en una reunión conjunta de ambas Juntas.
El Director(a) Ejecutivo(a) mantendrá a la Junta de Fiduciarios y a la Junta de
Directores informada sobre los cambios sustanciales que surjan, si alguno, en el
presupuesto adoptado.
3.2 Acciones no previstas en el plan de trabajo
Si surgiera la necesidad de considerar proyectos, programas, actividades,
propuestas 0 situaciones que no estén contenidas en el plan de trabajo vigente o
que lo modifiquen, la Junta de Fiduciarios las evaluará y tomará las decisiones
correspondientes. De tomar una decisión que afecte el plan de trabajo vigente del
Fideicomiso de la Tierra, que a su vez afecte el plan de trabajo de la Corporación,
el asunto se considerará en reuniones conjuntas de ambas Juntas y, una vez
acordado el curso de acción a seguir, se formalizará en una resolución conjunta.
En las situaciones de emergencia en que no se disponga del tiempo necesario
para llevar a cabo este proceso, la Junta de Fiduciarios atenderá con prioridad el
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asunto y notificará de inmediato su decisión a la Junta de Directores.
LL.
Se enmienda el Artículo VII: Planificación, presupuesto e informes en la