Regl. 9645, art. VII-4 dup2

Bases de datos, evaluación y medición

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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. VII-4 dup2

El Fideicomiso de la Tierra diseñará e implantará un sistema de evaluación y medición de resultados de sus operaciones que incluya indicadores para medir el esfuerzo, el proceso, la eficiencia y el éxito de las actividades y proyectos incluidos en el plan estratégico y el plan de trabajo, elaborados conforme al Plan para el Distrito, la Ley Núm. 489 2004 y este Reglamento. El Fideicomiso de la Tierra llevará estadísticas, compilará en bases de datos y actualizará datos que sean útiles para medir, evaluar y conocer el cumplimiento con las políticas rectoras, metas y objetivos, aporten conocimiento al proceso de planificación y de toma de decisiones, y permitan documentar la labor realizada y hacer proyecciones. El Fideicomiso de la Tierra podrá compartir estas estadísticas con la Corporación. El Fideicomiso de la Tierra y la Corporación mantendrán una base de datos georeferenciada compartida en la que se incluya y se mantenga información actualizada sobre el uso del suelo, la tenencia de la tierra, las fincas, las huellas y las parcelaciones, información socioeconómica y demográfica, y cualquier otra información pertinente a los objetivos de ambas entidades. La información se manejará de conformidad con las políticas de transparencia y de confidencialidad establecidas en el Reglamento. La información que sea divulgable estará disponible al público mediante informes, publicaciones, y otros medios. MM. Se enmienda el Artículo VII: Planificación, presupuesto e informes en la
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