Regl. 9645, art. VII-4 dup2
Bases de datos, evaluación y medición
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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. VII-4 dup2
El Fideicomiso de la Tierra diseñará e implantará un sistema de evaluación y
medición de resultados de sus operaciones que incluya indicadores para medir el
esfuerzo, el proceso, la eficiencia y el éxito de las actividades y proyectos incluidos
en el plan estratégico y el plan de trabajo, elaborados conforme al Plan para el
Distrito, la Ley Núm. 489 2004 y este Reglamento.
El Fideicomiso de la Tierra llevará estadÃsticas, compilará en bases de datos y
actualizará datos que sean útiles para medir, evaluar y conocer el cumplimiento
con las polÃticas rectoras, metas y objetivos, aporten conocimiento al proceso de
planificación y de toma de decisiones, y permitan documentar la labor realizada y
hacer proyecciones. El Fideicomiso de la Tierra podrá compartir estas estadÃsticas
con la Corporación.
El Fideicomiso de la Tierra y la Corporación mantendrán una base de datos
georeferenciada compartida en la que se incluya y se mantenga información
actualizada sobre el uso del suelo, la tenencia de la tierra, las fincas, las huellas y
las parcelaciones, información socioeconómica y demográfica, y cualquier otra
información pertinente a los objetivos de ambas entidades.
La información se manejará de conformidad con las polÃticas de transparencia y
de confidencialidad establecidas en el Reglamento. La información que sea
divulgable estará disponible al público mediante informes, publicaciones, y otros
medios.
MM. Se enmienda el ArtÃculo VII: Planificación, presupuesto e informes en la