Regl. 9645, art. V-2.1

anterior, los candidatos(as) serán ciudadanos(as) particulares que

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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. V-2.1

tengan amplio conocimiento y experiencia en asuntos relacionados con la misión del Fideicomiso de la Tierra, preferentemente en la administración de bienes muebles e inmuebles y la concepción e implantación de estrategias financieras, con el fin de complementar el conocimiento y la experiencia del resto de los miembros de la Junta de Fiduciarios. 3.4 Requisitos adicionales para los fiduciarios(as) por invitación en representación del Gobierno Central El fiduciario(a) que se designe deberá ser una persona que esté en posición de, y tenga autoridad para, tomar decisiones y hacer compromisos en representación del Gobierno Central; que pueda coordinar con las agencias públicas las acciones que requieran su intervención; y, que tenga preparación académica O experiencia en asuntos relacionados con la misión del Fideicomiso de la Tierra. 3.5 Requisitos adicionales para los fiduciarios(as) por invitación en representación del Municipio de San Juan Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Sometido por: Página 48 Aprobado por: JOPY El fiduciario(a) que se designe deberá ser una persona que esté en posición de, y tenga autoridad para tomar decisiones y hacer compromisos en representación del Municipio de San Juan; que pueda coordinar internamente con los departamentos y oficinas del Municipio de San Juan las acciones que requieran su intervención; y, que tenga preparación académica o experiencia en asuntos relacionados con la misión del Fideicomiso de la Tierra. Q. Se enmienda el Artículo V: Junta de Fiduciarios en la Sección 4: Término de nombramiento, con el propósito de hacer modificaciones al lenguaje para que lea como sigue:
Regl. 9645, art. V-2.1: anterior, los candidatos(as) serán ciudadanos(as) particulares que | Justis AI