Regl. 9645, art. V-3
Requisitos de elegibilidad
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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. V-3
3.1 Requisitos para todos los fiduciarios(as)
Para ser elegibles 0 designados como fiduciarios(as), según aplique, los
aspirantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
(a)
(b)
(c)
(d) Haber tomado la orientación ofrecida por el Fideicomiso de la Tierra sobre
sus funciones como fiduciario(a).
3.2 Requisitos adicionales para los fiduciarios(as) electos por los miembros
Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del
Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña
Sometido por:
Página 47
Aprobado por: JGBN
Para ser elegibles 0 designados como fiduciarios(as), los aspirantes deberán ser
miembros con derecho al voto y a la fecha de efectividad del nombramiento, haber
residido, operado un negocio o llevado a cabo una actividad sin fines de lucro en
el Distrito, de manera ininterrumpida, por los tres (3) años anteriores a que pueda
ser elegido. Para que se considere que la residencia y operación de un negocio
o actividad sin fines de lucro ha sido ininterrumpida, el miembro debe haber
residido u operado un negocio 0 actividad sin fines de lucro en terrenos del
Fideicomiso de la Tierra por lo menos durante seis (6) meses de cada uno de los
últimos tres (3) años. Si el miembro opera un negocio 0 lleva a cabo una actividad
sin fines de lucro en terrenos del Fideicomiso de la Tierra, se le requerirá, además,
que acredite que obtuvo y están vigentes todos los permisos requeridos para el
negocio 0 actividad de que se trate.
3.3 Requisitos adicionales para los fiduciarios(as) regulares que sean
ciudadanos(as) particulares
Para ser elegibles o designados como fiduciarios(as) bajo el Inciso (d) de la
Sección 2.1 anterior, los candidatos(as) serán ciudadanos(as) particulares que
tengan amplio conocimiento y experiencia en asuntos relacionados con la misión
del Fideicomiso de la Tierra, preferentemente en la administración de bienes
muebles e inmuebles y la concepción e implantación de estrategias financieras,
con el fin de complementar el conocimiento y la experiencia del resto de los
miembros de la Junta de Fiduciarios.
3.4 Requisitos adicionales para los fiduciarios(as) por invitación en representación
del Gobierno Central
El fiduciario(a) que se designe deberá ser una persona que esté en posición de, y
tenga autoridad para, tomar decisiones y hacer compromisos en representación
del Gobierno Central; que pueda coordinar con las agencias públicas las acciones
que requieran su intervención; y, que tenga preparación académica O experiencia
en asuntos relacionados con la misión del Fideicomiso de la Tierra.
3.5 Requisitos adicionales para los fiduciarios(as) por invitación en representación
del Municipio de San Juan
Enmiendas al Reglamento General para el Funcionamiento del
Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña
Sometido por:
Página 48
Aprobado por:
JOPY
El fiduciario(a) que se designe deberá ser una persona que esté en posición de, y
tenga autoridad para tomar decisiones y hacer compromisos en representación
del Municipio de San Juan; que pueda coordinar internamente con los
departamentos y oficinas del Municipio de San Juan las acciones que requieran
su intervención; y, que tenga preparación académica o experiencia en asuntos
relacionados con la misión del Fideicomiso de la Tierra.
Q. Se enmienda el Artículo V: Junta de Fiduciarios en la Sección 4: Término de
nombramiento, con el propósito de hacer modificaciones al lenguaje para que
lea como sigue: