Regl. 4131, art. 57 dup2
Reglamento para el control de transito y estacionamiento del Centro Médico
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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 57 dup2
Empleados de empresas constructoras y subcontratistas de las mismas que esten desarrollando obras en el Centro Medico
Los empleados de empresas constructoras y subcontratistas de las mismas que estén trabajando
en el Centro Médico para la empresa, podrán
estacionar sus vehÃculos dentro de las premisas
asignadas al proyecto de construcción, sin que
para ello tengan que solicitar el permiso por
escrito ni sea necesario identificar sus
vehÃculos con distintivos, marbetes O tarjetas
de estacionamiento. Disponiéndose que el
contratista principal a cargo de la obra proveerá
al Gerente de Protección y Vigilancia una lista
conteniendo los nombres de aquellos empleados
que tienen automóviles. La lista debe contener
además, el número de tablilla correspondiente
a cada automóvil y la fecha estimada para la
terminación del proyecto. El Gerente de Protección y Vigilancia evaluará cada caso y actuará
de acuerdo a sus méritos.