Regl. 9645, art. X-3
Otorgamiento de escrituras públicas o contratos privados
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Cite as Reglamento Núm. 9645, Art. X-3
Siempre que el Fideicomiso de la Tierra venda, arriende u otorgue cualquier otro
derecho sobre sus construcciones, otorgará las escrituras o el contrato que
corresponda. En la escritura pública o contrato constarán todas las condiciones
aplicables establecidas en el Reglamento y cualquier otra que la Junta de
Fiduciarios estime necesaria o conveniente incluir para garantizar el cumplimiento
del propósito de mantener vivienda asequible para familias e individuos de
ingresos bajos.
DDD. Se enmienda el Artículo X: Venta, arrendamiento y concesión de otros
derechos sobre bienes inmuebles del Fideicomiso de la Tierra en la Sección
4: Otros derechos sobre inmuebles del Fideicomiso de la Tierra, con el
propósito de cambios de forma y redacción para mejor comprensión de contenido
para que lea como sigue: