Regl. 4131, art. 58-23
Radicación de la solicitud
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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 58-23
El formulario deberá radicarse en la oficina del
Administrador para la cual presta servicios el
solicitante. El Administrador deberá evaluar
inicialmente la solicitud y si entiende que
procede, conforme a lo dispuesto en el presente
Reglamento, la endosará y la entregará al solicitante. Si el solicitante no es empleado del
Centro Médico deberá cumplimentar y radicar el
formulario "Solicitud de Estacionamiento -Persona
Particular Elegible" directamente en la Oficina
de la División de Protección y Vigilancia.