Regl. 9648, art. 3

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 9648, Art. 3

Este Reglamento establece las normas a seguir por las entidades para notificar a la Oficina las pérdidas o las irregularidades cometidas en la administración de los fondos o los bienes públicos. Además, para disponer las normas a seguir por las entidades en el registro de estas notificaciones.
Regl. 9648, art. 3: PROPÓSITO | Justis AI