Regl. 4131, art. 58-37
Reglamento para el control de transito y estacionamiento del Centro Médico
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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 58-37
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Vehículos que constituyan riesgos a la seguridad,
salud o tranquilidad
Cualquier vehículo que en cualquier forma constituya un riesgo a la salud, seguridad o a la
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tranquilidad podrá ser detenido y su circulación
podrá impedirse.
CAPITULO IV
Disposiciones sobre Peatones